3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2022, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA

ORGANISMO:

ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial

Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20633/11
Hoja 11 de 151

En relación a la aprobación de un límite de autorización de gasto de personal, el Gobierno Andaluz ha
incrementado en 2022 la capacidad de las Universidades Andaluzas para poder cumplir con sus obligaciones
laborales si bien este incremento es aún muy escaso para cumplir todas las obligaciones derivadas de acuerdos
de mesas de negociación, acuerdos internos, de crecimiento vegetativo o de convocatorias de sexenios
(investigadores, de transferencias, etc.).
En relación a la financiación de las Universidades Públicas de Andalucía, en 2022 el Gobierno Andaluz,
como se ha comentado previamente, ha aprobado unas bases del nuevo modelo de financiación, si bien es
posible que su aplicación efectiva no se lleve a cabo durante el año 2022. Con el nuevo modelo se pretende dar
respuesta al mandato legal establecido en el artículo 87 del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, una vez emitido informe favorable por el Consejo
Andaluz de Universidades, de acuerdo con lo establecido en los artículos 80.a) y 81.2.c) del citado Texto
Refundido. La última propuesta de un nuevo Modelo de Financiación establece que la financiación de las
universidades estaría conformada por tres bloques diferenciados, en el entendimiento de que quedan excluidas las
ayudas del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI) por ser de naturaleza puramente
competitiva, así como los planes de inversión de grandes infraestructuras que deben tener un tratamiento
específico. Estos tres bloques están conformados por una subvención de nivelación, destinada a compensar el
efecto de las economías de escala y corregir los desfases estructurales; una subvención básica, destinada a
financiar las estructuras universitarias y los planes propios; y una subvención estratégica, destinada a potenciar la
mejora del rendimiento de las universidades.
La subvención de nivelación iría destinada a cubrir parte de los costes fijos de las universidades y a
compensar las economías asociadas a la dimensión, que no se reflejan en las variables de escala (subvención
fija), así como a reducir la existencia de diferencias no justificadas que puedan tener lugar en las estructuras de
las universidades (subvención de convergencia). La primera se repartiría por igual entre todas las universidades y
su destino es libre, mientras que la segunda está dirigida a corregir desequilibrio entre universidades. Esta
subvención de nivelación supondría un importe relativo al 5-10% del total de la subvención distribuida por la
Consejería a las Universidades.
Por su parte, la subvención básica representa el grueso de la financiación a repartir (del 85 al 90% del
total) y está compuesta de tres bloques diferenciados: a) subvención básica operativa; b) subvención para
inversiones; y c) subvención para investigación. Mientras que la primera está destinada a cubrir los sueldos y
salarios del personal y los gastos corrientes de la universidad (subvención básica operativa), y la segunda está
destinada a cubrir las amortizaciones, mantenimiento de infraestructuras e instalaciones, la puesta al día del
equipamiento, etc. (subvención para inversiones), la tercera se encuentra dirigida a cubrir ayudas a la
investigación (subvención para investigación) -por ejemplo, a través de los planes propios de investigación de las
universidades-.
Finalmente, la subvención estratégica hace referencia a la política propia de las Universidades vinculada
al cumplimiento de objetivos determinados por cada universidad en cuatro ámbitos diferenciados: Docencia,
Investigación, Transferencia y Gestión y supone un 5% de la financiación global del sistema.
Tanto la subvención básica como la estratégica se distribuyen entre las universidades en proporción al
valor de un indicador relativo de escala y rendimiento (IRER), que sintetiza la información relevante de cada
universidad obteniéndose como el promedio de los valores relativos de tres variables que aproximan tres
dimensiones básicas: (a) la actividad docente; (b) la captación de fondos de investigación y transferencia; y (c) el
coste de personal.

00252897

La posible consolidación de un nuevo modelo de financiación debería dotar de estabilidad y previsión
certera en la asignación presupuestaria para las Universidades Andaluzas. Pese a ello, en el momento de
redacción del presente documento presupuestario, el nuevo modelo de financiación aún no se ha concretado
finalmente aunque haya tenido lugar la aprobación de las bases del modelo durante el año 2021. Además, el
presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022 no tiene aún el apoyo parlamentario

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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