3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-28)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20446/31

En el caso de que la Tarifa Interna a aplicar no esté incluida en el Anexo
correspondiente, la unidad proponente deberá remitir a la Gerencia propuesta de Tarifas
Internas junto con una memoria justificativa, que se trasladará a la Comisión de Asuntos
Económicos para su aprobación provisional, hasta su inclusión en el Presupuesto del
próximo ejercicio, por el Consejo de Gobierno.
Tienen esta consideración, entre otros:
-
Los servicios prestados por el Servicio de Alojamiento, Biblioteca Universitaria,
SCAI, SAEX, Servicio de Identificación Vegetal, Centro de Medicina Deportiva
Equina, Centro de Atención Temprana, Aula Virtual, Invernaderos e Umbráculo,
Campus de Rabanales.
- Las compensaciones con motivo del uso de locales e instalaciones de la Universidad
para actividades extra académicas.
-
Los cargos por inscripción en estudios propios de la Universidad de Córdoba
–cursos, jornadas, seminarios, congresos y similares–, de su propio personal
docente e investigador y de administración y servicios, siempre que se cumpla con
lo establecido en el artículo 18.4 del Texto Articulado.
b. Relaciones Internas por Cesión Temporal de crédito o anticipo entre unidades de gasto.
Se utilizarán, incluso entre partidas correspondientes a vinculantes distintos, para
anticipar la realización de gastos en proyectos o actividades que aún no han recibido el
ingreso correspondiente de la entidad financiadora, siempre que no se pueda tramitar a
través de la Sección de Ingresos. Para ello se deberá remitir documentación acreditativa
de la financiación de la actividad.
Una vez recibido el ingreso correspondiente, los créditos deberán revertir a la partida
cedente, dado que estas relaciones deben responder siempre a situaciones de cesión
temporal por necesidad transitoria de financiación y consecuente devolución.
c. Relaciones Internas por financiación de Actividades.
Se utilizarán para efectuar los repartos de crédito que aprueban los distintos
Vicerrectorados con destino a centros, departamentos, másteres, grupos o cualquier otra
unidad, en aplicación de los Programas Propios o actuaciones aprobadas por el Consejo
de Gobierno o para completar la financiación de sus actividades. Así como, los Planes de
Actuación aprobados por otros Órganos Colegiados o Unipersonales.
Para ello, la orgánica de origen y la de destino, como norma general, tienen que
tener la misma aplicación presupuestaria (programa de gasto y subconcepto). En caso
contrario, procedería la apertura de una nueva orgánica para gestionar la actividad
aprobada.
d. Relaciones Internas de Rectificación de Gasto.
Se utilizarán excepcionalmente para corregir errores materiales, aritméticos o de
hecho producidos en el momento de su contabilización en nuestro sistema contable.

Formación externa:
Las inscripciones/matrículas a cursos, congresos, jornadas o similar se motivan y
justifican con la oferta de la actividad por parte del organismo público o privado que la
convoque, siendo este y no otro el destinatario del gasto público. Debiéndose aportar

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252727

Artículo 31. Pagos por Formación.
Personal con relación contractual o estatutaria con la UCO:
Según establece el artículo 18, apartado 4.b, del presente Texto Articulado, al tratarse
de ayudas o subvenciones para sufragar precios públicos/tasas de estudios reglados o
no reglados, o precio estipulado por la entidad ofertante, se debe aportar «convocatoria
pública» y «acuerdo del órgano colegiado o unipersonal» del ámbito de aplicación.
No obstante, para abonar inscripciones a congresos o cualquier otro pago destinado
a la formación del personal de la Universidad de Córdoba se debe tener en cuenta lo
siguiente: