3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-28)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2022.
69 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20446/20
a la cancelación de la deuda con cargo a las cantidades que pudieran corresponder al
empleado público en concepto de liquidación.
5. Reintegros por pagos indebidos en nómina.
Los reintegros al presupuesto de la universidad de pagos indebidos en nómina
motivados por retribuciones y ayudas de acción social, se regirán por las normas sobre
procedimiento de reintegro incluidas en el Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que
se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de
Andalucía y la gestión recaudatoria, y demás normativa concordante de pertinente
aplicación.
6. Nombramiento personal interino para la gestión de fondos europeos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10, apartado 1, párrafo c), del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás preceptos
concordantes, se podar nombrar o contratar personal interino para la ejecución de
programas de carácter temporal cuya financiación provenga de fondos de la Unión
Europea, así como los que tengan por objeto la prevención o lucha contra el fraude fiscal
o el control, verificación y justificación de fondos de la Unión Europea con las siguientes
condiciones:
a) La duración del nombramiento no podrá exceder de los programas a los que se
adscriba y no podrán tener una duración superior a tres años, ampliables hasta doce
meses siempre que se ampliase la ejecución, verificación o justificación de dichos
programas.
b) El personal interino nombrado o contratado por este motivo no ocupará plazas de
la relación de puestos de trabajo.
c) La selección deberá primar experiencia y formación en gestión de fondos europeos
y alto nivel de conocimiento del idioma requerido.»
CAPÍTULO 2
Modificaciones de créditos
Artículo 12. Generación de crédito.
1. Son generaciones las modificaciones que incrementan los créditos como
consecuencia de la realización de determinados ingresos no previstos o superiores a los
contemplados en el presupuesto inicial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252727
Artículo 11. Expedientes de modificación presupuestaria.
1. Todo acuerdo o resolución de modificación presupuestaria deberá indicar
expresamente el programa y concepto económico afectados por la misma, así como
los recursos o medios previstos con que se ha de financiar el mayor gasto, y deberá ir
acompañado de documentación soporte suficiente que explícitamente lo motive.
2. Cuando el responsable de una Unidad de Gasto de Investigación solicite modificar
la finalidad de los créditos afectados, tal modificación deberá ser autorizada por el órgano
competente que determine la convocatoria específica, y en su caso por el Vicerrector con
competencia en materia de investigación.
3. Corresponde al Consejo de Gobierno, mediante expediente elaborado por el
Gerente, autorizar las modificaciones presupuestarias. Para ello, trimestralmente se
presentará al Consejo de Gobierno, junto al informe de ejecución presupuestaria, detalle
de las modificaciones de créditos realizadas.
Con la finalidad de facilitar la gestión de los créditos de estas modificaciones, se
autoriza al Rector la aprobación provisional de los expedientes. Posteriormente, estos
serán remitidos al órgano colegiado competente para su aprobación definitiva, junto con
la liquidación del Presupuesto.
4. Se informará trimestralmente al Consejo Social sobre el informe de ejecución
presupuestaria aprobado por Consejo de Gobierno, en el que se incluye la situación de
las modificaciones de crédito realizadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20446/20
a la cancelación de la deuda con cargo a las cantidades que pudieran corresponder al
empleado público en concepto de liquidación.
5. Reintegros por pagos indebidos en nómina.
Los reintegros al presupuesto de la universidad de pagos indebidos en nómina
motivados por retribuciones y ayudas de acción social, se regirán por las normas sobre
procedimiento de reintegro incluidas en el Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que
se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de
Andalucía y la gestión recaudatoria, y demás normativa concordante de pertinente
aplicación.
6. Nombramiento personal interino para la gestión de fondos europeos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10, apartado 1, párrafo c), del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás preceptos
concordantes, se podar nombrar o contratar personal interino para la ejecución de
programas de carácter temporal cuya financiación provenga de fondos de la Unión
Europea, así como los que tengan por objeto la prevención o lucha contra el fraude fiscal
o el control, verificación y justificación de fondos de la Unión Europea con las siguientes
condiciones:
a) La duración del nombramiento no podrá exceder de los programas a los que se
adscriba y no podrán tener una duración superior a tres años, ampliables hasta doce
meses siempre que se ampliase la ejecución, verificación o justificación de dichos
programas.
b) El personal interino nombrado o contratado por este motivo no ocupará plazas de
la relación de puestos de trabajo.
c) La selección deberá primar experiencia y formación en gestión de fondos europeos
y alto nivel de conocimiento del idioma requerido.»
CAPÍTULO 2
Modificaciones de créditos
Artículo 12. Generación de crédito.
1. Son generaciones las modificaciones que incrementan los créditos como
consecuencia de la realización de determinados ingresos no previstos o superiores a los
contemplados en el presupuesto inicial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252727
Artículo 11. Expedientes de modificación presupuestaria.
1. Todo acuerdo o resolución de modificación presupuestaria deberá indicar
expresamente el programa y concepto económico afectados por la misma, así como
los recursos o medios previstos con que se ha de financiar el mayor gasto, y deberá ir
acompañado de documentación soporte suficiente que explícitamente lo motive.
2. Cuando el responsable de una Unidad de Gasto de Investigación solicite modificar
la finalidad de los créditos afectados, tal modificación deberá ser autorizada por el órgano
competente que determine la convocatoria específica, y en su caso por el Vicerrector con
competencia en materia de investigación.
3. Corresponde al Consejo de Gobierno, mediante expediente elaborado por el
Gerente, autorizar las modificaciones presupuestarias. Para ello, trimestralmente se
presentará al Consejo de Gobierno, junto al informe de ejecución presupuestaria, detalle
de las modificaciones de créditos realizadas.
Con la finalidad de facilitar la gestión de los créditos de estas modificaciones, se
autoriza al Rector la aprobación provisional de los expedientes. Posteriormente, estos
serán remitidos al órgano colegiado competente para su aprobación definitiva, junto con
la liquidación del Presupuesto.
4. Se informará trimestralmente al Consejo Social sobre el informe de ejecución
presupuestaria aprobado por Consejo de Gobierno, en el que se incluye la situación de
las modificaciones de crédito realizadas.