3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2021/249-21)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Almería, de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar durante el Curso 2021/2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20724/2

de Administración de la Junta de Andalucía, el Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo, el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas
públicas por la Administración de la Junta de Andalucía, la Orden de 15 de abril de 2011
por la que se establecen las bases reguladoras y la Resolución de 6 de julio de 2021 que
establece la convocatoria para el curso escolar 2021/2022 de dichas ayudas.
En su virtud y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 15 de
abril de 2011 arriba referenciada, esta Comisión Provincial Evaluadora realiza la siguiente

1. Conceder la subvención económica, por un importe total de cuarenta y seis mil
veintidós euros con noventa y cinco céntimos (46.022,95 €), para realizar actuaciones
de las Entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Almería para la prevención,
seguimiento y control del absentismo escolar relacionada en el Anexo I de la presente
Propuesta Definitiva de Resolución, con sus correspondientes cuantías, presupuestos
subvencionados y porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, con cargo
todas ellas a la siguiente posición presupuestaria: G/42F/48100/04/01.
2. Las actividades objeto de estas subvenciones se realizarán entre el 1 de septiembre
de 2021 y el 31 de agosto de 2022, según el artículo 5.e) del cuadro resumen de las
bases reguladoras.
3. El pago se realizará según lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Orden de 15 de
abril de 2011 a la que se refiere la presente Propuesta Definitiva de Resolución.
4. De conformidad con el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, que aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública, y en particular con su Título VII,
las entidades beneficiarias se obligan a:
a) Cumplir el objetivo y realizar íntegramente la actividad y adoptar el comportamiento
que fundamenta la concesión de la ayuda en la forma y plazos establecidos en la orden.
b) Justificar, en el plazo fijado hasta el 31 de agosto de 2022, los gastos realizados
en cumplimiento de las finalidades para las que se ha concedido la ayuda, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 27 de la Orden de 15 de abril de 2011, en la modalidad
de justificación: Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto; según el
artículo 27.2.a) 1.º de la orden citada.
c) Aceptar el seguimiento del Proyecto por parte de la Consejería de Educación y
Deporte y someterse a las actuaciones de comprobación por la Administración concedente
y de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de
Andalucía, así como a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas de Andalucía.
d) Comunicar a la Consejería de Educación y Deporte la obtención de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con
anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Elaboración de una Memoria Evaluadora de las actividades realizadas, que deberá
ser remitida junto con la rendición de la cuenta justificativa. La Memoria Evaluadora
incluirá todos aquellos aspectos que se consideren de interés en relación con el desarrollo
de las actividades.
f) Hacer constar en la publicidad de las actividades que éstas han sido subvencionadas
por la Junta de Andalucía a través de la Consejería de Educación y Deporte.
g) Comunicar los cambios de domicilio a efectos de notificación o cualquier otra
eventualidad en el desarrollo del proyecto de actividades en el momento en que se
produzcan, durante el período en que la ayuda es reglamentariamente susceptible de
control.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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RESOLUCIÓN DEFINITIVA