3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2021/249-21)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Almería, de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar durante el Curso 2021/2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20724/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de
Educación y Deporte en Almería, de concesión de subvenciones a entidades sin
ánimo de lucro para el desarrollo de programas para la prevención, seguimiento
y control del absentismo escolar durante el Curso 2021/2022.
Convocadas por Resolución de 6 de julio de 2021 de la Dirección General de Atención a la
diversidad, Participación y Convivencia Escolar (BOJA núm. 135, de 15 de julio 2021), por
la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades
públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades
privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación
intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2021/2022, y reguladas por
la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones; vistas las solicitudes
presentadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la citada orden y de acuerdo
con la disponibilidad presupuestaria, se constatan los siguientes antecedentes de hecho y
fundamentos de derecho que motivan la presente Propuesta Definitiva de Resolución.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de 4 de octubre de 2021 se dicta Propuesta Provisional de
Resolución regulada en el artículo 16 de la orden citada en el párrafo anterior, en la
que se incluye, en anexo I que se adjunta, la relación de Entidades sin ánimo de lucro
beneficiarias provisionales de subvención, por importe de cuarenta y seis mil veintidós
euros con noventa y cinco céntimos (46.022,95 €).
Segundo. Al amparo del artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, que establece
las bases reguladoras de estas ayudas, la Comisión Provincial Evaluadora procede al
estudio y verificación de la documentación presentada en el trámite de audiencia por las
diferentes Asociaciones y eleva Propuesta Definitiva de Resolución al Delegado Territorial
de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía en Almería.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Las solicitudes de ayudas económicas para financiar proyectos para el
desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar
y la tramitación de las mismas se ajustan a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas
Tributarias, Administrativas y Financieras, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252990

Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento de concesión de
ayudas económicas a Asociaciones sin fines de lucro viene dada en virtud de lo dispuesto
en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones de
alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de
equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo
escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012.