3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2021/249-19)
Orden de 10 de diciembre de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Vestuario a medida y de Espectáculos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20585/6
Artículo 7. Módulos profesionales de Formación en centros de trabajo y de Proyecto.
1. Los módulos profesionales de Formación en centros de trabajo y de Proyecto de
vestuario a medida y espectáculos, con carácter general, se cursarán una vez superados
el resto de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas del ciclo formativo.
2. Sin perjuicio de lo anterior, excepcionalmente, se podrá realizar el módulo de
formación en centros de trabajo en otra temporalidad de segundo curso, previa solicitud
de autorización, siempre y cuando se hayan superado positivamente todos los módulos
profesionales del primer curso. En cualquier caso, la evaluación del módulo profesional
de formación en centros de trabajo quedará condicionada a la evaluación positiva del
resto de los módulos profesionales del ciclo formativo.
3. El módulo profesional de Proyecto de vestuario a medida y espectáculos tiene
carácter integrador y complementario respecto del resto de módulos profesionales del
ciclo formativo de Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos.
4. Con carácter general, el módulo profesional de Proyecto de vestuario a medida y
espectáculos, se desarrollará simúltaneamente al módulo profesional de Formación en
centros de trabajo, salvo que concurran otras circunstancias que no lo permitan y se
evaluará una vez cursado el módulo profesional de formación en centros de trabajo.
5. Con objeto de facilitar el proceso de organización y coordinación del módulo de
Proyecto de vestuario a medida y espectáculos, el profesorado con atribución docente en
este módulo profesional tendrá en cuenta las siguientes directrices:
a) Antes del inicio del módulo de formación en centros de trabajo, se establecerán
sesiones presenciales de, al menos, seis horas lectivas en el centro docente para
profesorado y alumnado, dedicándose al planteamiento, diseño y adecuación de los
diversos proyectos a realizar.
b) Se establecerá un periodo de tutorización con al menos tres horas lectivas
semanales y presenciales en el centro docente para profesorado, dedicándose al
seguimiento de los diversos proyectos durante su desarrollo. El profesorado podrá utilizar
como recurso aquellas tecnologías de la información y la comunicación disponibles en el
centro docente y que considere adecuadas.
c) Se establecerá un periodo de finalización con al menos seis horas lectivas y
presenciales en el centro docente para profesorado y alumnado, dedicándose a la
presentación, valoración y evaluación de los diversos proyectos.
6. Todos los aspectos que se deriven de la organización y coordinación de estos
periodos a los que se refiere el apartado anterior, deberán reflejarse en el diseño
curricular del módulo de Proyecto de vestuario a medida y espectáculos, a través de su
correspondiente programación didáctica.
Artículo 9. Oferta parcial.
1. En caso de que las enseñanzas correspondientes al título de Técnico Superior en
Vestuario a Medida y de Espectáculos se cursen de forma parcial, deberá tenerse en
cuenta el carácter de determinados módulos a la hora de elegir un itinerario formativo, de
acuerdo con la siguiente clasificación:
a) Módulos profesionales que contienen la formación básica e imprescindible
respecto de otros del mismo ciclo, de manera que deben cursarse de forma secuenciada.
b) Módulos profesionales que contienen formación complementaria entre sí, siendo
aconsejable no cursarlos de forma aislada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252823
Artículo 8. Duración.
1. Las enseñanzas del Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos
cuando se oferten de oferta completa, se organizarán en dos cursos escolares, con la
distribución horaria semanal de cada módulo profesional que figura como Anexo II.
2. La duración total de las enseñanzas correspondientes a este ciclo formativo,
incluido el módulo profesional de Formación en centros de trabajo, es de 2.000 horas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20585/6
Artículo 7. Módulos profesionales de Formación en centros de trabajo y de Proyecto.
1. Los módulos profesionales de Formación en centros de trabajo y de Proyecto de
vestuario a medida y espectáculos, con carácter general, se cursarán una vez superados
el resto de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas del ciclo formativo.
2. Sin perjuicio de lo anterior, excepcionalmente, se podrá realizar el módulo de
formación en centros de trabajo en otra temporalidad de segundo curso, previa solicitud
de autorización, siempre y cuando se hayan superado positivamente todos los módulos
profesionales del primer curso. En cualquier caso, la evaluación del módulo profesional
de formación en centros de trabajo quedará condicionada a la evaluación positiva del
resto de los módulos profesionales del ciclo formativo.
3. El módulo profesional de Proyecto de vestuario a medida y espectáculos tiene
carácter integrador y complementario respecto del resto de módulos profesionales del
ciclo formativo de Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos.
4. Con carácter general, el módulo profesional de Proyecto de vestuario a medida y
espectáculos, se desarrollará simúltaneamente al módulo profesional de Formación en
centros de trabajo, salvo que concurran otras circunstancias que no lo permitan y se
evaluará una vez cursado el módulo profesional de formación en centros de trabajo.
5. Con objeto de facilitar el proceso de organización y coordinación del módulo de
Proyecto de vestuario a medida y espectáculos, el profesorado con atribución docente en
este módulo profesional tendrá en cuenta las siguientes directrices:
a) Antes del inicio del módulo de formación en centros de trabajo, se establecerán
sesiones presenciales de, al menos, seis horas lectivas en el centro docente para
profesorado y alumnado, dedicándose al planteamiento, diseño y adecuación de los
diversos proyectos a realizar.
b) Se establecerá un periodo de tutorización con al menos tres horas lectivas
semanales y presenciales en el centro docente para profesorado, dedicándose al
seguimiento de los diversos proyectos durante su desarrollo. El profesorado podrá utilizar
como recurso aquellas tecnologías de la información y la comunicación disponibles en el
centro docente y que considere adecuadas.
c) Se establecerá un periodo de finalización con al menos seis horas lectivas y
presenciales en el centro docente para profesorado y alumnado, dedicándose a la
presentación, valoración y evaluación de los diversos proyectos.
6. Todos los aspectos que se deriven de la organización y coordinación de estos
periodos a los que se refiere el apartado anterior, deberán reflejarse en el diseño
curricular del módulo de Proyecto de vestuario a medida y espectáculos, a través de su
correspondiente programación didáctica.
Artículo 9. Oferta parcial.
1. En caso de que las enseñanzas correspondientes al título de Técnico Superior en
Vestuario a Medida y de Espectáculos se cursen de forma parcial, deberá tenerse en
cuenta el carácter de determinados módulos a la hora de elegir un itinerario formativo, de
acuerdo con la siguiente clasificación:
a) Módulos profesionales que contienen la formación básica e imprescindible
respecto de otros del mismo ciclo, de manera que deben cursarse de forma secuenciada.
b) Módulos profesionales que contienen formación complementaria entre sí, siendo
aconsejable no cursarlos de forma aislada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252823
Artículo 8. Duración.
1. Las enseñanzas del Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos
cuando se oferten de oferta completa, se organizarán en dos cursos escolares, con la
distribución horaria semanal de cada módulo profesional que figura como Anexo II.
2. La duración total de las enseñanzas correspondientes a este ciclo formativo,
incluido el módulo profesional de Formación en centros de trabajo, es de 2.000 horas.