Disposiciones generales. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. (2021/594-9)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la Inversión para la modernización y gestión sostenible de infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 94 - Martes, 28 de diciembre de 2021

página 20853/3

Tercero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas a la inversión para la modernización y
gestión sostenible de infraestructuras de artes escénicas y musicales en Andalucía, en
la Línea: Medidas de apoyo a la inversión para la modernización y gestión sostenible
de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía, las personas o
entidades determinadas en el apartado 4.a) 1.º siempre que concurran en las mismas
los requisitos que se establecen en el apartado 4.a) 2.º, al menos, durante el periodo
establecido en el apartado 4.b) de su respectivo cuadro resumen.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253122

Concretamente la dirección electrónica en la que se podrán presentar las solicitudes
será: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml.
En consecuencia, toda documentación, relativa a la convocatoria que nos ocupa,
remitida por medios distintos a los establecidos será inadmitida.
El plazo de presentación de solicitudes es de 25 días, iniciándose su cómputo el
primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
4. Los actos integrantes del presente procedimiento de concesión de subvenciones
serán objeto de publicación cuando se trate de actos que deban notificarse de forma
conjunta a todas las personas y/o entidades interesadas, realizándose la misma en la
web de la Agencia http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/
Cuando las notificaciones deban cursarse individualmente se realizarán a través del
Sistema de Notificaciones Telemáticas.
5. La firma y presentación de la correspondiente solicitud (Anexo I) para concurrir a
la convocatoria de subvenciones que nos ocupa conlleva la aceptación del compromiso,
como requisito previo que condiciona la concesión de la ayuda, a conceder los derechos
y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de
Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan
sus competencias, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 22.2.e) del Reglamento
(UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de febrero de 2021 y en el
artículo 129 del Reglamento Financiero.
6. Las personas y/o entidades solicitantes de las subvenciones que mediante la
presente Resolución se convocan, deberán adjuntar a la documentación acreditativa a
presentar junto con el formulario Anexo II a que se refiere el apartado 15 del cuadro
resumen, las siguientes declaraciones debidamente cumplimentadas:
a) Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución
de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), regulado
en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. (Anexo IV.B).
Dicha declaración deberá presentarse a fin de suministrar información sobre la
perceptora final de los fondos si no es la misma beneficiaria, y sobre los contratistas y
subcontratistas.
b) Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones
del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), regulado en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
(Anexo IV.C).
Ambos modelos de declaraciones se facilitan a las personas y/o entidades solicitantes
con la presente resolución así como en la página web de la Agencia, en el apartado
correspondiente a la convocatoria de subvenciones a la inversión para la modernización y
gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía
para su cumplimentación y entrega con el Anexo II.