Disposiciones generales. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. (2021/246-9)
Orden de 21 de diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la inversión para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 24 de diciembre de 2021
página 20501/9
(Página 2 de 15)
c)Sistemas de conectividad, guiados y no guiados. Redes digitales para la interconexión digital de
los equipamientos de maquinaria y tramoya de todos los espacios de una sala o múltiples salas.
d)Sustitución de motores convencionales por motores digitales con control de velocidad variable, con
menor ruido, peso y consumo.
e)Accesorios digitales para la instalación de escenografías, (plataformas, traspaletas eléctricas,
medidores láser, etc).
f)Otros análogos.
5. Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de
espectáculos en los recintos escénicos y musicales.
a)Software específico de gestión de espacios y producción ( proyectos, producciones espectáculos en
vivo, gestión de tiempo, ticketing.
b)Plataformas de gestión de espacios y proyectos artísticos, e infraestructura necesaria para ello.
c)Salas de producción musical digitalizadas tanto virtual como real.
d)Sistemas de conectividad, guiados y no guiados. Redes digitales para la interconexión digital de
los equipos de gestión del edificio, de todos los espacios de una sala o múltiples salas.
e)Software que optimice y comunique diversos ámbitos de la gestión artística y de producción como:
1. Aplicaciones de inventarios.
2. Aplicaciones de digitalización de los espacios (programas vectoriales, cad).
3. Aplicaciones de gestión de audio, video , iluminación, vestuario, etc.
f)Otros análogos.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en
el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, así como
con lo requerido en la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, todos los proyectos de inversión deben
respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio
DNSH por sus siglas en inglés, “Do No Significant Harm”) y las condiciones del etiquetado climático y
digital. Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas previstas en los
Componentes 24 y 25, así como en las inversiones en las que se enmarcan los dichos proyectos, tanto
en lo referido al principio DNSH, como al etiquetado climático y digital, y especialmente las
recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento de ambas Componentes del Plan.
2.b) Posibilidad de reformulación de solicitudes:
Sí.
No.
2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.
No.
Sí. Número:
Solo se puede optar a una de ellas.
Es posible optar a las siguientes subvenciones:
En el supuesto de que las personas o entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo, se entenderá que han optado por:
2.d) Ámbitos territoriales y/o funcionales de competitividad:
La Comunidad Autónoma Andaluza.
La provincia:
Otro ámbito territorial:
Otro ámbito funcional:
3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):
1. Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
2. Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión de 28 de septiembre de 2021, por el que se
completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante el establecimiento de los indicadores comunes y
los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia.
3.Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018,
sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican
los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE)
n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/
UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012. (Reglamento Financiero).
4. Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
5. Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
7. Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de
la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para
el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252772
No se establece.
Sí. Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se relacionan:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 24 de diciembre de 2021
página 20501/9
(Página 2 de 15)
c)Sistemas de conectividad, guiados y no guiados. Redes digitales para la interconexión digital de
los equipamientos de maquinaria y tramoya de todos los espacios de una sala o múltiples salas.
d)Sustitución de motores convencionales por motores digitales con control de velocidad variable, con
menor ruido, peso y consumo.
e)Accesorios digitales para la instalación de escenografías, (plataformas, traspaletas eléctricas,
medidores láser, etc).
f)Otros análogos.
5. Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de
espectáculos en los recintos escénicos y musicales.
a)Software específico de gestión de espacios y producción ( proyectos, producciones espectáculos en
vivo, gestión de tiempo, ticketing.
b)Plataformas de gestión de espacios y proyectos artísticos, e infraestructura necesaria para ello.
c)Salas de producción musical digitalizadas tanto virtual como real.
d)Sistemas de conectividad, guiados y no guiados. Redes digitales para la interconexión digital de
los equipos de gestión del edificio, de todos los espacios de una sala o múltiples salas.
e)Software que optimice y comunique diversos ámbitos de la gestión artística y de producción como:
1. Aplicaciones de inventarios.
2. Aplicaciones de digitalización de los espacios (programas vectoriales, cad).
3. Aplicaciones de gestión de audio, video , iluminación, vestuario, etc.
f)Otros análogos.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en
el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, así como
con lo requerido en la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, todos los proyectos de inversión deben
respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio
DNSH por sus siglas en inglés, “Do No Significant Harm”) y las condiciones del etiquetado climático y
digital. Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas previstas en los
Componentes 24 y 25, así como en las inversiones en las que se enmarcan los dichos proyectos, tanto
en lo referido al principio DNSH, como al etiquetado climático y digital, y especialmente las
recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento de ambas Componentes del Plan.
2.b) Posibilidad de reformulación de solicitudes:
Sí.
No.
2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.
No.
Sí. Número:
Solo se puede optar a una de ellas.
Es posible optar a las siguientes subvenciones:
En el supuesto de que las personas o entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo, se entenderá que han optado por:
2.d) Ámbitos territoriales y/o funcionales de competitividad:
La Comunidad Autónoma Andaluza.
La provincia:
Otro ámbito territorial:
Otro ámbito funcional:
3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):
1. Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
2. Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión de 28 de septiembre de 2021, por el que se
completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante el establecimiento de los indicadores comunes y
los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia.
3.Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018,
sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican
los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE)
n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/
UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012. (Reglamento Financiero).
4. Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
5. Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
7. Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de
la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para
el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252772
No se establece.
Sí. Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se relacionan: