Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/246-1)
Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para 2021.
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Número 246 - Viernes, 24 de diciembre de 2021

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2021 y serán coordinados por las administraciones públicas competentes. La publicación
de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en
las ofertas de empleo público deberá producirse antes de diciembre de 2022. La resolución
de estos procesos selectivos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024. De la
resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gastos ni
de efectivos, debiendo ofertarse en estos procesos, necesariamente, plazas de naturaleza
estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal.
La puesta en marcha de este nuevo proceso de estabilización exige la aprobación
por el Consejo de Gobierno de la correspondiente Oferta de Empleo Público, en cuanto
instrumento organizativo para la planificación de la provisión de las necesidades de
personal, que se dicta en el ámbito de la potestad de autoorganización que tiene la
Administración, al amparo de lo establecido en el apartado 3 del artículo 70 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
La competencia para la aprobación de dicha Oferta corresponde, de acuerdo con
el mencionado artículo, a los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas. En
concreto, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, el artículo 35.1 de
la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de
Andalucía, establece que serán objeto de Oferta de Empleo Público, como instrumento
de planificación de recursos humanos, las vacantes presupuestariamente dotadas cuya
cobertura se considere necesaria y que no puedan ser cubiertas con los efectivos de
personal existentes, siendo objeto de aprobación por el Consejo de Gobierno.
Así, como consecuencia de la nueva regulación básica estatal, y también del Acuerdo
Marco alcanzado en el seno de la Mesa General de Negociación Común del Personal
Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía el 13 de julio
de 2018, para la mejora de la calidad del empleo público y de las condiciones de trabajo del
personal del sector público andaluz, que fue ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno
de 17 de julio de 2018, este decreto aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2021,
que asciende a 388 plazas, de las que 257 corresponden a personal funcionario y 131 a
personal laboral. Del total de las plazas ofertadas se podrá adicionar hasta un diez por cien
en las correspondientes convocatorias, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.1
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Respecto a la determinación de las 257 plazas que se ofertan para personal
funcionario, son aquellas que, aun estando incluidas en alguna de las Ofertas de Empleo
Público en trámite de ejecución, cumplen los requisitos exigidos por el artículo 2.1 del
Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, pues se trata de plazas de naturaleza estructural
que, contando con dotación presupuestaria, han estado ocupadas al menos los tres años
anteriores a 31 de diciembre de 2020 y existe la certeza de que no se van a cubrir en los
procedimientos selectivos en los que fueron incluidas.
Por su parte, las 131 plazas ofertadas de personal laboral corresponden a aquellas que en
dicho ámbito cumplen con los citados requisitos del artículo 2.1 del Real Decreto-ley 14/2021,
de 6 de julio, y que no pudieron ser incluidas en las anteriores Ofertas de estabilización de
empleo temporal aprobadas por no cumplir entonces con los requisitos para su inclusión.
Por otra parte, dado que los procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo
público aprobadas por el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la
Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de
la Junta de Andalucía; el Decreto 406/2019, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Oferta
de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta
de Andalucía para 2019; y el Decreto 623/2019, de 27 de diciembre, por el que se amplía la
Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de
la Junta de Andalucía para 2019, aprobada por Decreto 406/2019, de 5 de marzo, no han
finalizado a la fecha de aprobación de la presente Oferta de Empleo Público, en el caso de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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