3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2021/245-27)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Oficina para la Defensa del Contribuyente.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 23 de diciembre de 2021

página 20227/6

6. Elementos que apoyan la gestión de los servicios.
Para asegurar los niveles de calidad comprometidos, la Oficina para la Defensa del
Contribuyente contará con los siguientes instrumentos:
- El Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
- Sistema Unificado de Recursos (SUR) a través del cual se tramitan de forma
automatizada los expedientes.
- Mantenimiento de una sección permanente de información y atención ciudadana
para la Oficina para la Defensa del Contribuyente en el Portal de la Junta de Andalucía en
la sección de la Consejería competente en materia de Hacienda, en el que se publicarán
todas las actuaciones, documentos, estadísticas, indicadores de calidad, datos e
informaciones de esta Oficina en su relación con la ciudadanía.
7. Sugerencias, quejas y reclamaciones.
La ciudadanía podrá formular quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de
los servicios prestados por la Oficina para la Defensa del Contribuyente y sobre el
incumplimiento de los compromisos establecidos en esta Carta de Servicios a través del
Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía.
El Libro de Sugerencias y Reclamaciones se encuentra ubicado en formato papel en
todas las oficinas de asistencia en materia de registro de la Junta de Andalucía. Podrá
también encontrarlo en formato electrónico en el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/lsr/lsr/inicio.jsp.

8. Acceso a los Servicios.
La Oficina para la Defensa del Contribuyente no presta atención presencial. No
obstante, para acceder a los servicios incluidos en esta Carta de Servicios se ofrecen los
siguientes medios:
8.1. Formulario de quejas y sugerencias de la Administración tributaria de Andalucía:
- En formato papel en los órganos tributarios previstos en el punto 1.2 que deberán
proporcionarle una hoja del libro de quejas y sugerencias relacionadas directa o
indirectamente con el funcionamiento de la Administración tributaria de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252485

Para presentar una queja o sugerencia sobre el funcionamiento de los servicios
prestados por la Oficina para la Defensa del Contribuyente por medios electrónicos el
contribuyente deberá disponer de un certificado digital y cumplimentar el formulario
que podrá presentar directamente a través de este canal. En caso de no disponer de
certificado digital deberá imprimir el formulario en papel y presentarlo, debidamente
firmado, en cualquier oficina de asistencia en materia de registro de la Administración
de la Junta de Andalucía o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (oficinas de asistencia en materia de registro u oficinas de
Correos), dirigido a la Oficina para la Defensa del Contribuyente.
La Oficina para la Defensa del Contribuyente se compromete a ofrecer una respuesta
sobre su funcionamiento en el plazo de 15 días desde la recepción de la sugerencia,
queja o reclamación.
Esta Carta de Servicios está sujeta a las actuaciones de la Inspección General
de Servicios de la Junta de Andalucía, que adicionalmente lleva el control de las
sugerencias, quejas o reclamaciones en relación con la misma y con la prestación de los
servicios a los que se refiere y que sean presentadas a través del Libro de Sugerencias y
Reclamaciones de la Junta de Andalucía antes mencionado.
Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos asumidos en ningún caso
darán lugar a responsabilidad patrimonial por parte de la Administración.