3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/243-18)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Interior y Espectáculos Públicos, por la que se aprueba el Plan Anual de Formación del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA) para el curso académico 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Martes, 21 de diciembre de 2021

página 20078/13

k) Actividades de formación, con especial detalle de las prácticas programadas.
l) Horario de las actividades lectivas.
m) Profesorado propuesto, incluyendo su currículo profesional y docente. En todo
caso, aun obrando en la IESPA el currículo, deberá remitirse una actualización.
n) Instalaciones, infraestructuras y equipamiento disponibles para las prácticas.
o) Medios y recursos didácticos disponibles para conseguir el aprendizaje del alumnado.
p) Los criterios de evaluación del curso.
En el caso de formación en red, los proyectos curriculares incluirán también una
descripción de la plataforma en la que se va a realizar la acción formativa. Asimismo,
estarán exentos de los requisitos establecidos en las letras c), l), y n).
3. El número de plazas por curso, tanto presenciales como en red, así como la selección
del alumnado de las acciones formativas en colaboración con el IESPA se realizarán con
los criterios recogidos en el punto 2.3 del apartado II de la presente resolución.
La colaboración con el IESPA comporta la gratuidad para el alumnado, excepto
cuando se trate de tasas o precios públicos que hayan sido establecidos por las
Administraciones Públicas.
4. La evaluación de las citadas acciones formativas, así como la expedición de
diplomas y certificados, se realizarán de conformidad con lo dispuesto en la normativa
reguladora de la evaluación de las actividades docentes del Instituto de emergencias y
Seguridad Pública de Andalucía.
Los diplomas de aprovechamiento y certificados de asistencia del alumnado los
expedirá la entidad correspondiente, expresando la condición de acción formativa en
colaboración con el IESPA, sin perjuicio de lo dispuesto para las acciones formativas en
materia de protección civil.
5. Para los cursos que se pretendan impartir mediante la modalidad en red, la entidad
colaboradora deberá aportar una memoria que especifique las características de la
plataforma de teleformación que vaya a utilizar, que en todo caso deberá ser tipo Moodle
o similar, versión 3.0 o superior, así como permitir el acceso por parte del IESPA durante
la celebración de la actividad formativa, en calidad de «profesor/a sin permiso de edición».
El alumnado deberá disponer de conocimientos informáticos a nivel de usuario y
contar con un equipo informático y los medios tecnológicos adecuados, quedando bajo
su exclusiva responsabilidad la disposición de estos elementos.

V. METODOLOGÍA DIDÁCTICA.
La metodología didáctica será eminentemente práctica, activa, participativa
y constructivista con el objeto de la adquisición y el desarrollo de los conceptos,
procedimientos y actitudes precisos para el ejercicio de su actividad profesional por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252340

IV. A
 CCIONES FORMATIVAS POR ESCUELAS MUNICIPALES DE POLICÍA LOCAL
DE ANDALUCÍA.
Las Escuelas Municipales de Policía Local que soliciten el visado de un curso de
ingreso o de capacitación y las Escuelas Municipales de Policía Local Concertadas que
soliciten la delegación de algún curso deberán presentar la solicitud al menos un mes
antes de la fecha prevista para su inicio.
El criterio sobre el número de plazas por curso, tanto presenciales como en red, será
el recogido en el punto 2.3 del apartado II de la presente resolución. El alumnado de los
cursos de ingreso y capacitación podrá dividirse en grupos, respetando el número de
plazas por grupo antes citado.
La formación en red, tanto de los cursos preceptivos como de los de actualización,
especialización y perfeccionamiento, impartida por las Escuelas Municipales de Policía
Local deberá realizarse en una plataforma de teleformación propia de la respectiva
Escuela o utilizando la plataforma del IESPA, debiendo en este último caso solicitar
autorización del Instituto en el momento de presentar la solicitud del curso.
En el caso de utilizar plataforma propia, la misma deberá tener los requisitos
reseñados en el punto 5 del apartado III del presente Plan.