Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/242-6)
Corrección de errores de la Orden de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales (BOJA núm. 229, de 29.11.2021).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20091/11
(Página 10 de 13)
vigentes sobre la materia, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, concede
a la autoría del mismo, haciendo referencia explícita a la entidad beneficiaria y a quien desempeñe
el papel de investigador principal del proyecto. Asimismo, toda la información y materiales
precisos para su utilización, mantenimiento y modificación podrán ser utilizados sin limitaciones
por el IAPRL, sin menoscabo de las posibles colaboraciones que puedan establecerse al respecto. En
todo caso se atenderá al uso de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en toda actuación o
actividad que se desarrolle, de tal manera que todos los materiales, imágenes y documentación
evitarán cualquier imagen discriminatoria o estereotipos sexistas y deberán fomentar los valores de
igualdad,
pluralidad
de
roles
y
corresponsabilidad
entre
hombres
y
mujeres.
2. Editar un informe de síntesis del proyecto en el formato digital que se indique por parte del
IAPRL con un lenguaje accesible y comprensible para la población trabajadora y el sector
empresarial.
3. Durante los 4 años siguientes a la finalización de la actividad subvencionada, la entidad
beneficiaria deberá informar al IAPRL de cuantas actuaciones de difusión realice del proyecto
subvencionado.
24.- Forma y secuencia de pago (Artículo 25).
24.a) Forma/s de pago:
Una sola forma de pago.
formas de pago.
Supuestos objetivos para determinar la forma de pago en cada caso concreto, cuando se establezca más de una forma de pago:
Forma/s de pago
Supuestos objetivos
24.a).1º. Pago previa justificación:
Pago del 100 % del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad,
proyecto, objetivo o adopción del comportamiento.
Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, abonándose en la
parte proporcional a la cuantía de la justificación presentada y aceptada.
24.a).2º. Pago anticipado.
Razones justificadas para establecer esta forma de pago:
Naturaleza de las entidades solicitantes
y la previsión legal del artículo 124.4 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, pues no podrá
abonarse a la entidad beneficiaria un importe superior al 50% de la subvención, sin que se
justifiquen previamente los pagos anteriores.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0
1.º 50% del importe total Una vez publicada la
de la subvención
resolución de concesión.
concedida.
2.º 50% restante.
Tras la justificación de la 2 meses desde la
actividad subvencionada.
finalización del
plazo de ejecución
de la actividad
objeto de la
subvención.
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
0
100%
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
La entidad beneficiaria deberá contactar con la oficina virtual de la Consejería competente en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252346
24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
BOJA
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20091/11
(Página 10 de 13)
vigentes sobre la materia, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, concede
a la autoría del mismo, haciendo referencia explícita a la entidad beneficiaria y a quien desempeñe
el papel de investigador principal del proyecto. Asimismo, toda la información y materiales
precisos para su utilización, mantenimiento y modificación podrán ser utilizados sin limitaciones
por el IAPRL, sin menoscabo de las posibles colaboraciones que puedan establecerse al respecto. En
todo caso se atenderá al uso de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en toda actuación o
actividad que se desarrolle, de tal manera que todos los materiales, imágenes y documentación
evitarán cualquier imagen discriminatoria o estereotipos sexistas y deberán fomentar los valores de
igualdad,
pluralidad
de
roles
y
corresponsabilidad
entre
hombres
y
mujeres.
2. Editar un informe de síntesis del proyecto en el formato digital que se indique por parte del
IAPRL con un lenguaje accesible y comprensible para la población trabajadora y el sector
empresarial.
3. Durante los 4 años siguientes a la finalización de la actividad subvencionada, la entidad
beneficiaria deberá informar al IAPRL de cuantas actuaciones de difusión realice del proyecto
subvencionado.
24.- Forma y secuencia de pago (Artículo 25).
24.a) Forma/s de pago:
Una sola forma de pago.
formas de pago.
Supuestos objetivos para determinar la forma de pago en cada caso concreto, cuando se establezca más de una forma de pago:
Forma/s de pago
Supuestos objetivos
24.a).1º. Pago previa justificación:
Pago del 100 % del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad,
proyecto, objetivo o adopción del comportamiento.
Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, abonándose en la
parte proporcional a la cuantía de la justificación presentada y aceptada.
24.a).2º. Pago anticipado.
Razones justificadas para establecer esta forma de pago:
Naturaleza de las entidades solicitantes
y la previsión legal del artículo 124.4 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, pues no podrá
abonarse a la entidad beneficiaria un importe superior al 50% de la subvención, sin que se
justifiquen previamente los pagos anteriores.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0
1.º 50% del importe total Una vez publicada la
de la subvención
resolución de concesión.
concedida.
2.º 50% restante.
Tras la justificación de la 2 meses desde la
actividad subvencionada.
finalización del
plazo de ejecución
de la actividad
objeto de la
subvención.
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
0
100%
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
La entidad beneficiaria deberá contactar con la oficina virtual de la Consejería competente en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252346
24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención: