Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/241-2)
Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021
página 20007/44
5. En la solicitud se recogerán y deberán cumplimentarse los siguientes extremos:
a) Los datos identificativos de la entidad o persona interesada y, en su caso, de la
persona que ostente la representación legal.
b) Número de teléfono móvil y/o dirección de correo electrónico de la persona
interesada, a efectos de remitir el aviso de información sobre la puesta a disposición de
una notificación en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía.
c) Una declaración responsable de la persona que la suscribe, sobre los siguientes
extremos:
1.º Que actúa como representante de la entidad solicitante y ostenta dicha
representación en el momento de la firma de la solicitud.
2.º Que cumple con los requisitos exigidos para obtener la condición de entidad o
persona beneficiaria de las subvenciones reguladas en el presente decreto-ley.
3.º Que no se halla incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la
condición de persona beneficiaria, de conformidad con lo establecido en este decreto-ley.
4.º Que es titular de la cuenta bancaria indicada en la solicitud para el cobro de la
subvención.
5.º Que no ha solicitado ni obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o
privados, nacionales o internacionales, que, aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones o ayudas, supere el importe de la subvención. Y en el supuesto de que haya
solicitado u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en los términos
dispuestos en este apartado, en dicha declaración se indicará la entidad concedente,
fecha e importe.
6.º Que son veraces todos los datos reflejados en la solicitud.
7.º Que, en caso de resultar beneficiaria, se compromete al cumplimiento de las
condiciones y requisitos exigidos en el presente decreto-ley.
8.º Las solicitudes además, deberán acompañarse de una declaración responsable
relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que pudieran afectar al
ámbito objeto de gestión, así como del principio de «no causar perjuicio significativo»
de conformidad con lo establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, conforme al
formulario que se recoja en la convocatoria debidamente cumplimentado por la entidad
solicitante.
Las declaraciones responsables del principio de «no causar perjuicio significativo»
(principio do not significant harm, DNSH) que se realicen deben atender obligatoriamente
a la Comunicación de la Comisión Europea (2021/C 58/01), Guía técnica sobre la
aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento
relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
d) Cuenta bancaria para la realización del pago. Las personas o entidades solicitantes,
con carácter previo a la presentación de la solicitud, deberán dar de alta en el Sistema
de Gestión Integral de Recursos Organizativos, de la Administración de la Junta de
Andalucía (Sistema GIRO), la cuenta corriente indicada para el cobro de la subvención,
salvo que ya estuviese de alta en dicho sistema. El alta se realizará exclusivamente
de forma telemática en la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea que se encuentra disponible en
e) Cuando la entidad solicitante desarrolle una actividad económica acreditará
la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia
Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha
de solicitud de la ayuda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252278
https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/general/manten_
cuenta.html
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021
página 20007/44
5. En la solicitud se recogerán y deberán cumplimentarse los siguientes extremos:
a) Los datos identificativos de la entidad o persona interesada y, en su caso, de la
persona que ostente la representación legal.
b) Número de teléfono móvil y/o dirección de correo electrónico de la persona
interesada, a efectos de remitir el aviso de información sobre la puesta a disposición de
una notificación en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía.
c) Una declaración responsable de la persona que la suscribe, sobre los siguientes
extremos:
1.º Que actúa como representante de la entidad solicitante y ostenta dicha
representación en el momento de la firma de la solicitud.
2.º Que cumple con los requisitos exigidos para obtener la condición de entidad o
persona beneficiaria de las subvenciones reguladas en el presente decreto-ley.
3.º Que no se halla incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la
condición de persona beneficiaria, de conformidad con lo establecido en este decreto-ley.
4.º Que es titular de la cuenta bancaria indicada en la solicitud para el cobro de la
subvención.
5.º Que no ha solicitado ni obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o
privados, nacionales o internacionales, que, aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones o ayudas, supere el importe de la subvención. Y en el supuesto de que haya
solicitado u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en los términos
dispuestos en este apartado, en dicha declaración se indicará la entidad concedente,
fecha e importe.
6.º Que son veraces todos los datos reflejados en la solicitud.
7.º Que, en caso de resultar beneficiaria, se compromete al cumplimiento de las
condiciones y requisitos exigidos en el presente decreto-ley.
8.º Las solicitudes además, deberán acompañarse de una declaración responsable
relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que pudieran afectar al
ámbito objeto de gestión, así como del principio de «no causar perjuicio significativo»
de conformidad con lo establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, conforme al
formulario que se recoja en la convocatoria debidamente cumplimentado por la entidad
solicitante.
Las declaraciones responsables del principio de «no causar perjuicio significativo»
(principio do not significant harm, DNSH) que se realicen deben atender obligatoriamente
a la Comunicación de la Comisión Europea (2021/C 58/01), Guía técnica sobre la
aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento
relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
d) Cuenta bancaria para la realización del pago. Las personas o entidades solicitantes,
con carácter previo a la presentación de la solicitud, deberán dar de alta en el Sistema
de Gestión Integral de Recursos Organizativos, de la Administración de la Junta de
Andalucía (Sistema GIRO), la cuenta corriente indicada para el cobro de la subvención,
salvo que ya estuviese de alta en dicho sistema. El alta se realizará exclusivamente
de forma telemática en la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea que se encuentra disponible en
e) Cuando la entidad solicitante desarrolle una actividad económica acreditará
la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia
Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha
de solicitud de la ayuda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252278
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cuenta.html