Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/241-2)
Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021

página 20007/16

Modulo A: El módulo ascenderá a 1.783,83 euros por persona contratada en los
grupos de cotización de la Seguridad Social 9 al 5, ambos inclusive, y mes de contratación
(21.405,94 euros por año de contratación).
Módulo B: El módulo ascenderá a 2.675,74 euros por persona contratada en los
grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive, y mes de contratación
(32.108,92 euros por año de contratación).
De acuerdo con ello, el importe de la subvención a conceder se calculará en función
de las previsiones recogidas en el proyecto presentado del número de personas a
contratar, los meses de contratación de cada una de ellas y el módulo según el grupo de
cotización de la Seguridad Social que corresponda.
b) Para compensar las ayudas al desplazamiento contempladas en el apartado 2.c)
de este artículo, tiene la consideración de módulo la cantidad a tanto alzado de 1.000
euros por persona contratada.

Artículo 13. Contratación de las personas trabajadoras.
1. Para la cobertura de los contratos en prácticas susceptibles de ser subvencionados,
las entidades beneficiarias deberán presentar una oferta de empleo ante las Oficinas de
Empleo del Servicio Andaluz de Empleo, con quince días de antelación, al menos, al del
inicio previsto de los contratos.
La oferta de empleo deberá llevar la indicación «Programa de primera experiencia
profesional en las Administraciones Públicas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».
En el formulario de oferta se incluirá la descripción del puesto de trabajo, y /o de las
funciones y tareas a desempeñar por la persona a contratar, así como las titulaciones o
certificaciones correspondientes para la contratación en prácticas, que serán acordes
con lo dispuesto en la Resolución de concesión.
La oferta de empleo deberá registrarse como Programa especial: «Primera
experiencia profesional en las Administraciones Públicas. M.R.R.»
2. El Servicio Andaluz de Empleo proporcionará a la entidad beneficiaria el currículum
vitae ciego de las 3 personas preseleccionadas por cada puesto de trabajo solicitado,
si las hubiere que, a fecha de la búsqueda de candidatos, por la Oficina de Empleo
correspondiente cumplan los requisitos para ser destinatarias, el perfil requerido para
el puesto y estén disponibles. La entidad beneficiaria deberá comprobar que a fecha de
inicio de contrato la persona mantiene el cumplimiento de los requisitos.
3. La entidad beneficiaria seleccionará a la persona a contratar para cada puesto de
trabajo atendiendo a la mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado y de los estudios
específicos relacionados con la materia a desarrollar, partiendo de los currículum-vitae
ciegos remitidos por el Servicio Andaluz de Empleo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 12. Personas destinatarias.
1. Serán destinatarias de las subvenciones las personas jóvenes desempleadas
mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas como demandantes de empleo no
ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo y en el fichero del Sistema Nacional de
Garantía Juvenil, que cumplan los requisitos para formalizar un contrato en prácticas.
2. Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán cumplirse en la fecha de
inicio del contrato de trabajo.
3. Las personas trabajadoras se seleccionarán, siguiendo el procedimiento
establecido en el artículo siguiente, y teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado.
b) Estudios específicos relacionados con la materia a desarrollar.
c) La valoración curricular y de las personas candidatas deberá realizarse mediante el
uso de currículum-vitae ciego, garantizando el principio de no discriminación por ninguna
razón.