Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/241-1)
Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
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Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021

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Por otro lado, se modifica también el Decreto 334/2012, de 17 de julio, por el que se
regulan las entidades colaboradoras en materia de Calidad Ambiental en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, al objeto de establecer un régimen de intervención administrativa
coherente y acorde con la actividad que se regula, agilizando las inscripciones en el
Registro de Entidades Colaboradoras en materia de Calidad Ambiental y simplificando
las cargas administrativas, aunque se mantiene la acreditación como elemento esencial
para evaluar que las funciones que ejercen estas entidades se llevan a cabo con criterios
de estricta competencia técnica, independencia e imparcialidad, basados en criterios
objetivos y normas técnicas.
Sin embargo, se simplifica el procedimiento para su habilitación, sustituyendo
la presentación de una comunicación previa al órgano competente, el cual procedía
a la inclusión en el Registro correspondiente tras la verificación de la documentación
requerida, por la presentación de una declaración responsable que permite desde su
presentación el ejercicio de la actividad y el registro de la entidad con carácter inmediato.
Asimismo, se reduce la información que se considera necesaria incluir en el Registro
de Entidades Colaboradoras y se incorporan al Registro todos los hitos que marcan la
vida administrativa de la entidad colaboradora para que esta pueda ser perfectamente
trazable (modificaciones, revocación, extinción).
Como consecuencia de lo anterior, se propone igualmente la modificación de
determinados preceptos de la norma para adecuarse al nuevo régimen de inscripción,
que garanticen la independencia e imparcialidad en las actuaciones que desarrollen en
su condición de entidad colaboradora, así como, exigir una garantía suficiente para cubrir
los posibles perjuicios que pudieran derivarse de estas.
Del mismo modo, se propone reducir las obligaciones a las que se encuentran
sujetas en la actualidad las entidades colaboradoras, disminuyendo en consecuencia, las
cargas administrativas y llevando a cabo una simplificación documental de las mismas.
Así, se elimina la comunicación previa de las actuaciones, limitándose a solo aquellas
que la Administración tiene interés en conocer previamente para poder realizar posibles
supervisiones y controles in situ. A su vez, se elimina la obligación de aportar las actas
asociadas a las actuaciones.
En materia de cambio climático, la reciente celebración en Glasgow de la COP 26 ha
vuelto a dejar constancia de la necesidad de responder urgentemente a la amenaza del
cambio climático y rectificar la situación actual para poder cumplir de manera eficaz con
las obligaciones en materia de clima y desarrollo sostenible e inclusivo. Se ha puesto de
manifiesto que existe una diferencia creciente entre la senda real de reducción de emisiones
de gases de efecto invernadero y las obligaciones asumidas por los Estados Parte del
Acuerdo de París sobre cambio climático, adoptado en la 21.ª Conferencia de las Partes de
la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 12 de diciembre
de 2015. Este diagnóstico coincide con las advertencias realizadas por los principales
organismos financieros internacionales y la Comisión Europea en su Comunicación sobre el
Pacto Verde Europeo y en la Estrategia Europea de descarbonización a 2050.
En este contexto resulta necesaria la adopción de medidas de carácter urgente
destinadas al fomento de los proyectos de absorción de carbono en el marco del impulso
de un modelo económico sostenible comprometido con la lucha contra el cambio climático,
en plena sintonía con las actuaciones que habrán de llevarse a cabo a corto y medio
plazo derivadas de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
y del propio Acuerdo de París. Se acomete por tanto la modificación de varias normas de
rango legal y reglamentario que de manera conjunta contribuirán al logro de este objetivo,
en consonancia también con la reciente norma estatal aprobada, la Ley 7/2021, de 20 de
mayo, de cambio climático y transición energética.
Atendiendo a lo anterior procede la modificación de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de
medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético
de Andalucía, con el fin de mejorar la regulación legal del Sistema Andaluz de Emisiones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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