3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/240-46)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Presupuesto para el ejercicio 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19827/21
TÍTULO I: PRESUPUESTO
Artículo 6. Limitación cualitativa de los créditos.
Los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la
que hayan sido autorizados al aprobarse el Presupuesto o las correspondientes modificaciones presupuestarias.
Artículo 7. Limitación cuantitativa de los créditos.
No podrán adquirirse compromisos de gasto por cuantía superior al importe de los
créditos autorizados en el estado de gastos, siendo nulos de pleno derecho los correspondientes actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las
responsabilidades a que haya lugar.
La estructura presupuestaria de los créditos recogidos en el estado de gastos se adapta y clasifica siguiendo las normas que, con carácter general, están establecidas para
el sector público, atendiendo a:
x Clasificación orgánica. Los créditos se distribuyen por unidades de gasto, que son
aquellos órganos y unidades administrativas con diferenciación presupuestaria y
responsabilidad en la gestión de aquéllos. Atendiendo a la estructura orgánica
responsable de la aplicación del presupuesto distinguiremos las siguientes
unidades:
í 30.10 Oficina del Rector
í 30.11 Servicios Generales
í 30.12 Secretaría General
í 30.13 Centro Especializado de Apoyo a la Investigación (CEAI-UNIA).
í 30.14 Vicerrectorado de Calidad, Igualdad y Responsabilidad Social
í 30.15 Vicerrectorado de Postgrado
í 30.16 Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión Universitaria
í 30.17 Vicerrectorado de Internacionalización
í 30.18 Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad
í 30.19 Vicerrectorado de Innovación Docente y Digitalización
í 30.20 Sede Santa María de La Rábida
í 30.21 Sede Antonio Machado de Baeza
í 30.22 Sede Tecnológica de Málaga
í 30.23 Sede Sevilla
í 30.30 Patronato
í 30.31 Defensoría Universitaria
x Clasificación funcional. En atención a la finalidad u objetivo de los recursos se
establecen los siguientes programas de gasto:
x Clasificación económica, por la que se ordenan en atención a la naturaleza
económica del gasto y a la codificación de capítulo, artículo, concepto, subconcepto
y partida. La clasificación económica del Presupuesto se ajusta a las disposiciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252080
í 1000 Dirección y gestión
í 2000 Docencia
í 3000 Relaciones externas e internacionalización
í 4000 Servicios a la comunidad universitaria y responsabilidad social
í 5000 Investigación
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19827/21
TÍTULO I: PRESUPUESTO
Artículo 6. Limitación cualitativa de los créditos.
Los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la
que hayan sido autorizados al aprobarse el Presupuesto o las correspondientes modificaciones presupuestarias.
Artículo 7. Limitación cuantitativa de los créditos.
No podrán adquirirse compromisos de gasto por cuantía superior al importe de los
créditos autorizados en el estado de gastos, siendo nulos de pleno derecho los correspondientes actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las
responsabilidades a que haya lugar.
La estructura presupuestaria de los créditos recogidos en el estado de gastos se adapta y clasifica siguiendo las normas que, con carácter general, están establecidas para
el sector público, atendiendo a:
x Clasificación orgánica. Los créditos se distribuyen por unidades de gasto, que son
aquellos órganos y unidades administrativas con diferenciación presupuestaria y
responsabilidad en la gestión de aquéllos. Atendiendo a la estructura orgánica
responsable de la aplicación del presupuesto distinguiremos las siguientes
unidades:
í 30.10 Oficina del Rector
í 30.11 Servicios Generales
í 30.12 Secretaría General
í 30.13 Centro Especializado de Apoyo a la Investigación (CEAI-UNIA).
í 30.14 Vicerrectorado de Calidad, Igualdad y Responsabilidad Social
í 30.15 Vicerrectorado de Postgrado
í 30.16 Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión Universitaria
í 30.17 Vicerrectorado de Internacionalización
í 30.18 Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad
í 30.19 Vicerrectorado de Innovación Docente y Digitalización
í 30.20 Sede Santa María de La Rábida
í 30.21 Sede Antonio Machado de Baeza
í 30.22 Sede Tecnológica de Málaga
í 30.23 Sede Sevilla
í 30.30 Patronato
í 30.31 Defensoría Universitaria
x Clasificación funcional. En atención a la finalidad u objetivo de los recursos se
establecen los siguientes programas de gasto:
x Clasificación económica, por la que se ordenan en atención a la naturaleza
económica del gasto y a la codificación de capítulo, artículo, concepto, subconcepto
y partida. La clasificación económica del Presupuesto se ajusta a las disposiciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252080
í 1000 Dirección y gestión
í 2000 Docencia
í 3000 Relaciones externas e internacionalización
í 4000 Servicios a la comunidad universitaria y responsabilidad social
í 5000 Investigación