Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/240-5)
Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgentes para proyectos de implantación y/o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, (línea 1, sublínea 1.1), y se efectúa su convocatoria en el año 2021.
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Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021

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puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, conforme a lo dispuesto
en el párrafo g) del artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. Los justificantes originales presentados se marcarán con una estampilla, indicando
en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe se
imputa total o parcialmente a la subvención, indicando en este último caso la cuantía que
resulte afectada por la subvención, según lo previsto en el apartado 5 del artículo 124 del
Texto Refundido de la ley general de la Hacienda pública de la Junta de Andalucía
4. La cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto contendrá:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos, es decir una memoria de las actuaciones desarrolladas
en relación con la finalidad de la ayuda y el cumplimiento de las condiciones de la
convocatoria. En esta memoria se debe incluir un apartado con la descripción de los
resultados alcanzados en términos cuantitativos y cualitativos de la recogida selectiva de
las fracciones recogidas, así como una estimación de las emisiones de gases de efecto
invernadero ahorradas y toneladas de residuos que contribuirán al logro de los objetivos
en esta materia.
En la memoria se debe también adjuntar la descripción, medidas e imagen de los
materiales elaborados y adquiridos para la ejecución del proyecto y la evidencia de que
los materiales han sido entregados en el plazo de ejecución de las actuaciones.
b) una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá:
i. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación
de la persona o entidad acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su
caso, fecha de pago.
ii. Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
iii. En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
iv. El importe otorgado e importe a justificar, importe total imputado a la acción
(proyecto) e importe total imputado a la subvención.
v. Relación de facturas relacionadas con la acción o proyecto: tipo de gasto, número
de factura, fecha de emisión, fecha de pago, acreditación de pago, nombre del acreedor,
NIF, concepto (descripción de la factura donde se concreten los conceptos que incluye
de acuerdo con el proyecto presentado y la resolución de otorgamiento), importe total de
la factura, desglose del IVA, importe imputado a la acción (proyecto), importe imputado
a la subvención (de acuerdo con los importes y porcentajes máximos establecidos en el
proyecto y en la resolución de otorgamiento y considerando el importe sin IVA e importe
con IVA)), porcentaje imputado a la subvención, importe imputado a otra subvención,
órgano concedente de la otra subvención.
Deberán presentarse las facturas escaneadas o digitalizadas vinculadas a los
gastos justificados, con la diferenciación de los costes directos y los indirectos, que
deberán concretar suficientemente los conceptos incluidos y sus características, a fin de
comprobar que ajustan a los requisitos de las bases y los conceptos subvencionados.
En el supuesto de exención del IVA se hará constar, de forma expresa y completa, la
disposición legal que declara esta exención. Hay que proceder de la misma manera en el
caso de que no se practique la retención de IRPF.
vi. Otros gastos indirectos no recurrentes.
c) Declaración de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad procedente
de otros departamentos, administraciones y entidades públicas o privadas.
d) Relación de certificaciones en formato de declaración en el formulario normalizado:
i. Certificación que las actuaciones se han llevado a cabo y se ha cumplido la finalidad
para la que se concedió la subvención.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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