Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/240-4)
Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgentes para proyectos de construcción, adaptación y mejora de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU (línea 2), y se efectúa su convocatoria en el año 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19877/14
Artículo 14. Presentación de las solicitudes.
1. La entidad solicitante que quiera acogerse a las ayudas previstas en esta orden,
deberá presentar una solicitud, conforme a los modelos establecidos en la orden de
convocatoria, en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria, dirigida a
persona titular de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático.
2. Las solicitudes se presentarán de forma exclusivamente electrónica a través del
Canal de Administración Electrónica de la página web de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía:
https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/web/cae
3. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico reconocido que sea válido para poder realizar los trámites
contemplados en estas bases reguladoras, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252143
representante legal de la entidad solicitante, la documentación administrativa y técnica
que se relaciona a continuación.
1. Documentación administrativa:
a) Certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría de la
entidad solicitante, u otra documentación acreditativa relativa a la ostentación de las
competencias en materia de tratamiento de residuos municipales.
b) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría
donde conste el acuerdo de solicitar la subvención, adoptado por el órgano competente
según su norma reguladora.
c) Las entidades solicitantes deberán aportar certificado, acuerdo o documentos
correspondientes del órgano competente en el que se indique que existe consignación
presupuestaria para la ejecución del proyecto, o en su defecto, que se compromete a
consignar en el presupuesto de la entidad solicitante la totalidad del gasto objeto de la
inversión del proyecto.
d) Documento donde las entidades solicitantes se comprometen a conceder los
derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal
de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes,
ejerzan sus competencias.
e) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo Anexo IV.B de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
f) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Modelo anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
g) Los beneficiarios que desarrollen actividades económicas acreditarán la inscripción
en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente
desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
h) En caso de actuaciones y obras iniciadas, documentación justificativa que acredite
que las mismas se iniciaron con fecha posterior al 1 de marzo de 2020.
2. Documentación técnica del proyecto.
a) Población censada a fecha 1 de enero de 2020 según los datos reflejados por el
Instituto Nacional de Estadística, afectada por el proyecto.
b) Se aportará el proyecto firmado, con el contenido mínimo descrito en el artículo 5.3
«Contenido mínimo de los proyectos».
c) Asimismo, se aportará la documentación acreditativa de los criterios de valoración
establecidos en el artículo 6.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19877/14
Artículo 14. Presentación de las solicitudes.
1. La entidad solicitante que quiera acogerse a las ayudas previstas en esta orden,
deberá presentar una solicitud, conforme a los modelos establecidos en la orden de
convocatoria, en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria, dirigida a
persona titular de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático.
2. Las solicitudes se presentarán de forma exclusivamente electrónica a través del
Canal de Administración Electrónica de la página web de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía:
https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/web/cae
3. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico reconocido que sea válido para poder realizar los trámites
contemplados en estas bases reguladoras, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252143
representante legal de la entidad solicitante, la documentación administrativa y técnica
que se relaciona a continuación.
1. Documentación administrativa:
a) Certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría de la
entidad solicitante, u otra documentación acreditativa relativa a la ostentación de las
competencias en materia de tratamiento de residuos municipales.
b) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría
donde conste el acuerdo de solicitar la subvención, adoptado por el órgano competente
según su norma reguladora.
c) Las entidades solicitantes deberán aportar certificado, acuerdo o documentos
correspondientes del órgano competente en el que se indique que existe consignación
presupuestaria para la ejecución del proyecto, o en su defecto, que se compromete a
consignar en el presupuesto de la entidad solicitante la totalidad del gasto objeto de la
inversión del proyecto.
d) Documento donde las entidades solicitantes se comprometen a conceder los
derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal
de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes,
ejerzan sus competencias.
e) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo Anexo IV.B de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
f) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Modelo anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
g) Los beneficiarios que desarrollen actividades económicas acreditarán la inscripción
en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente
desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
h) En caso de actuaciones y obras iniciadas, documentación justificativa que acredite
que las mismas se iniciaron con fecha posterior al 1 de marzo de 2020.
2. Documentación técnica del proyecto.
a) Población censada a fecha 1 de enero de 2020 según los datos reflejados por el
Instituto Nacional de Estadística, afectada por el proyecto.
b) Se aportará el proyecto firmado, con el contenido mínimo descrito en el artículo 5.3
«Contenido mínimo de los proyectos».
c) Asimismo, se aportará la documentación acreditativa de los criterios de valoración
establecidos en el artículo 6.