Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/240-4)
Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgentes para proyectos de construcción, adaptación y mejora de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU (línea 2), y se efectúa su convocatoria en el año 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021

página 19877/13

Artículo 13. Documentación que se presentará con la solicitud.
Las entidades solicitantes deben adjuntar a la solicitud cumplimentada de conformidad
con el formulario normalizado según el artículo 12 de las presentes bases, firmado por el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252143

c) Una declaración responsable de no hallarse incursa en las circunstancias previstas
en el artículo 4 de las presentes bases.
d) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con
indicación de la entidad concedente, fecha e importe de la misma.
e) En su caso, la oposición expresa de la entidad solicitante a que el órgano
competente pueda recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o
documentación exigida en la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquellas.
f) La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.
g) Una declaración responsable de que se cumplen los requisitos exigidos en esta orden.
h) Fuentes de financiación del proyecto (porcentaje de financiación propia, porcentaje
de financiación ajena, porcentaje de otras fuentes de financiación).
i) Declaración responsable de que las actuaciones y obras se iniciaron con fecha
posterior al 1 de marzo de 2020.
2. El formulario de solicitud se podrá obtener en la dirección indicada en esta orden
de convocatoria, a través del Canal de Administración Electrónica de la página web de
la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Andalucía:
https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/web/cae
3. La entidad solicitante podrá ejercer su derecho a no presentar datos o documentos
acreditativos que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que
hayan sido elaborados por éstas, en los términos previstos en los artículos 28 y 53.d) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud,
conforme al modelo antes indicado, y demás que se adjunten serán incorporados al
Registro de Actividades de Tratamiento del órgano competente. Asimismo, la recogida
y tratamiento de dichos datos tendrá como finalidad gestionar el proceso de solicitud,
concesión y pago de las subvenciones otorgadas. El tratamiento de los citados datos se
regirá por el Reglamento (UE) núm. 679/2016 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que
se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
5. Por otra parte, se procederá al registro de dichos datos en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS) conforme a lo previsto en el Real Decreto 130/2019,
de 8 de marzo, así como la posibilidad de acceso a la información contenida al Registro
de Titularidades Reales, o el acceso a otras bases de datos de la Administración que
puedan suministrar dichos datos sobre titulares reales, y la cesión de información entre
estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos conforme a la normativa europea y
nacional aplicable.
6. La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para
recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por
la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia
de Hacienda de la Junta de Andalucía, que sean requeridas por las Bases Reguladoras,
de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.