Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2021/240-1)
Orden de 2 de diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19817/5
Disposición adicional primera. Convocatoria.
Las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
no competitiva, a las que se refiere la presente disposición, se efectuarán mediante
sucesivas resoluciones de la persona titular de la Dirección General competente en
materia de planificación, instalaciones y eventos deportivos, por delegación de la persona
titular de la Consejería competente en materia de deporte, en función de la disponibilidad
presupuestaria, en las que, además del plazo de presentación de solicitudes, se
aprobarán el formulario de solicitud y el formulario para presentar alegaciones y efectuar
la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, y se determinará la
temporada o año natural subvencionable.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de
planificación, instalaciones y eventos deportivos, por delegación de la persona titular de
la Consejería competente en materia de deporte, para dictar cuantas resoluciones sean
necesarias para la correcta aplicación e interpretación de la presente orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de diciembre de 2021
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
00252070
Consejero de Educación y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19817/5
Disposición adicional primera. Convocatoria.
Las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
no competitiva, a las que se refiere la presente disposición, se efectuarán mediante
sucesivas resoluciones de la persona titular de la Dirección General competente en
materia de planificación, instalaciones y eventos deportivos, por delegación de la persona
titular de la Consejería competente en materia de deporte, en función de la disponibilidad
presupuestaria, en las que, además del plazo de presentación de solicitudes, se
aprobarán el formulario de solicitud y el formulario para presentar alegaciones y efectuar
la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, y se determinará la
temporada o año natural subvencionable.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de
planificación, instalaciones y eventos deportivos, por delegación de la persona titular de
la Consejería competente en materia de deporte, para dictar cuantas resoluciones sean
necesarias para la correcta aplicación e interpretación de la presente orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de diciembre de 2021
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
00252070
Consejero de Educación y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja