5. Anuncios. Ayuntamientos. (2021/240-110)
Anuncio de 4 de noviembre de 2021, del Ayuntamiento de Nerja, de bases para la provisión de varias plazas. (PP. 3289/2021).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 17719/3
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Concejala Delegada de
Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
admitidos/as y excluidos/as, así como las causas que han motivado la exclusión. Un
extracto de dichas resoluciones se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de
Málaga, donde se indicarán los lugares donde se encuentran expuestas al público las
listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, que en todo caso serán
publicadas en el Tablón Virtual –sede electrónica de este Excmo. Ayuntamiento–.
4.2. Los aspirantes excluidos/as, en los casos que proceda, dispondrán de un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la
Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanaren dicha exclusión quedarán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo.
4.3. Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán estimadas o
rechazadas mediante resolución de la Concejala Delegada de Recursos Humanos, donde
incluirán las correspondientes listas definitivas, a las cuales se darán publicidad con la
inserción del correspondiente anuncio en el Talón Virtual –sede electrónica– de este
Excmo. Ayuntamiento, previa referencia extractada en el Boletín Oficial de la Provincia
de Málaga, especificando igualmente en dicha resolución la composición del Tribunal de
Selección, el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.
4.4. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el
Tablón Virtual –sede electrónica– de este Ayuntamiento con doce horas, al menos, de
antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si
se trata de uno nuevo.
4.5. En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, se identificará a los aspirantes mediante su nombre y apellidos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252156
por derecho de examen, a través de la sección de autoliquidaciones disponible en el
apartado de gestión y trámites de la página web www.nerja.es, y efectuar el pago online,
o bien, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras con el Ayuntamiento de
Nerja (Unicaja, Banco Santander, Banco Sabadell, la Caixa, Banco Popular, Caja Rural
de Granada, Cajamar y Cajasur.) debiendo indicar en el impreso el nombre, apellidos,
NIF del aspirante y «Proceso selectivo ……... (indicar la plaza a la que se opta)».
Se aplicarán las bonificaciones previstas en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal
reguladora de los Derechos de Examen. No procederá devolución alguna de los derechos
de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por cualquier motivo,
salvo en los supuestos de renuncia por escrito antes de aprobarse la lista definitiva de
admitidos, que se devolverá el 50% (O.F. reguladora de los derechos de examen).
En ningún caso, el pago de la cantidad que corresponda en concepto de participación
en procesos de selección de personal, supondrá la sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud. Del mismo modo no se considerará subsanable el pago
de las tasas una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.
b) Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
c) Fotocopia de la titulación exigida o resguardo acreditativo del abono de los
derechos exigidos para la expedición de título.
3.3. El Ayuntamiento, si en la solicitud presentada se hace constar algún tipo
de discapacidad que puede tener el aspirante, realizará las adaptaciones y ajustes
razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho
proceso, las adaptaciones del puesto de trabajo a las necesidades de la persona con
discapacidad que hubiera obtenido la plaza (artículo 59.2 del TREBEP).
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 17719/3
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Concejala Delegada de
Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
admitidos/as y excluidos/as, así como las causas que han motivado la exclusión. Un
extracto de dichas resoluciones se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de
Málaga, donde se indicarán los lugares donde se encuentran expuestas al público las
listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, que en todo caso serán
publicadas en el Tablón Virtual –sede electrónica de este Excmo. Ayuntamiento–.
4.2. Los aspirantes excluidos/as, en los casos que proceda, dispondrán de un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la
Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanaren dicha exclusión quedarán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo.
4.3. Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán estimadas o
rechazadas mediante resolución de la Concejala Delegada de Recursos Humanos, donde
incluirán las correspondientes listas definitivas, a las cuales se darán publicidad con la
inserción del correspondiente anuncio en el Talón Virtual –sede electrónica– de este
Excmo. Ayuntamiento, previa referencia extractada en el Boletín Oficial de la Provincia
de Málaga, especificando igualmente en dicha resolución la composición del Tribunal de
Selección, el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.
4.4. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el
Tablón Virtual –sede electrónica– de este Ayuntamiento con doce horas, al menos, de
antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si
se trata de uno nuevo.
4.5. En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, se identificará a los aspirantes mediante su nombre y apellidos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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por derecho de examen, a través de la sección de autoliquidaciones disponible en el
apartado de gestión y trámites de la página web www.nerja.es, y efectuar el pago online,
o bien, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras con el Ayuntamiento de
Nerja (Unicaja, Banco Santander, Banco Sabadell, la Caixa, Banco Popular, Caja Rural
de Granada, Cajamar y Cajasur.) debiendo indicar en el impreso el nombre, apellidos,
NIF del aspirante y «Proceso selectivo ……... (indicar la plaza a la que se opta)».
Se aplicarán las bonificaciones previstas en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal
reguladora de los Derechos de Examen. No procederá devolución alguna de los derechos
de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por cualquier motivo,
salvo en los supuestos de renuncia por escrito antes de aprobarse la lista definitiva de
admitidos, que se devolverá el 50% (O.F. reguladora de los derechos de examen).
En ningún caso, el pago de la cantidad que corresponda en concepto de participación
en procesos de selección de personal, supondrá la sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud. Del mismo modo no se considerará subsanable el pago
de las tasas una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.
b) Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
c) Fotocopia de la titulación exigida o resguardo acreditativo del abono de los
derechos exigidos para la expedición de título.
3.3. El Ayuntamiento, si en la solicitud presentada se hace constar algún tipo
de discapacidad que puede tener el aspirante, realizará las adaptaciones y ajustes
razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho
proceso, las adaptaciones del puesto de trabajo a las necesidades de la persona con
discapacidad que hubiera obtenido la plaza (artículo 59.2 del TREBEP).
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.