3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2021/239-31)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021

página 19148/23

de la contratación ni tampoco la adopción de medidas por parte de la MMCSO para reordenar la
contratación temporal y dotar de estabilidad a estos trabajadores.
79

No consta que se haya seguido ningún proceso selectivo, por lo que estos trabajadores habrían
sido contratados al margen de cualquier sistema adecuado de ponderación del mérito y la capacidad. Dada las características de estas contrataciones y la naturaleza de las funciones inherentes
a los puestos de trabajo que han de desempeñar, se estima que, materialmente, estos trabajadores podrían mantener una relación laboral calificable como indefinida no fija17.
Sobre los ingresos por transferencias corrientes

80

La base de ejecución nº 23 de los presupuestos de la MMCSO establecía que eran ingresos de la
entidad los reseñados en los estatutos sociales y los autorizados por los artículos 150 y siguientes
del TRLRHL, y contemplaba expresamente entre aquellos a las aportaciones ordinarias anuales
de los municipios mancomunados.

81

En la MMCSO estas aportaciones son ingresos de carácter estable, que se presupuestan y liquidan anualmente. En los últimos cuatro años, estas aportaciones han alcanzado los importes reflejados en el cuadro nº 19.
MMCSO. Aportaciones ordinarias de los municipios

(€)

Ejercicio

Aplicación presupuestaria

2018

46200. Aportación anual ordinaria

796.942,05

758.304,81

2017

46200. Aportación anual ordinaria

796.942,05

767.973,99

2016

46200. Aportación anual ordinaria

796.942,05

796.942,05

2015

46200. Aportación anual ordinaria

796.942,05

796.942,05

Derechos reconocidos

Cuadro nº 19

82

El artículo 154 TRLRHL contempla entre los recursos de las mancomunidades las aportaciones de
los municipios mancomunados “determinadas de acuerdo con lo establecido en los estatutos de
creación respectivos”. El artículo 14.g) de los estatutos de la MMCSO recoge como ingresos de
esta entidad las aportaciones municipales; no obstante, el artículo 16 establece que “sólo se recurrirá a las aportaciones señaladas en el apartado g) del artículo 14, cuando después de utilizados los restantes recursos, no pueda la Mancomunidad cubrir la totalidad de sus gastos, en cuyo
caso la diferencia resultante será distribuida entre los Ayuntamientos integrantes de la Mancomunidad, que la ingresarán por doceavas partes”.

83

La MMCSO incumplió lo dispuesto en el artículo 16 de sus estatutos sociales, dado que en 2018
liquidó derechos en concepto de aportación ordinaria municipal por 758.304,81 €, cuando la entidad había tenido suficientes recursos para cubrir sus gastos tanto en 2017 como en el propio
2018, según se muestra en el cuadro nº 20.

17 Estos trabajadores pudieran estar incursos en el supuesto previsto en el artículo 15.3 del RDL 2/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00251398

Fuente: Elaboración propia

Previsión definitiva