Disposiciones generales. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/239-7)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de investigación de excelencia, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades calificadas como agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19662/8
Décimo. Cuantía máxima y gastos subvencionables.
1. Se financiará un mínimo del 80% del presupuesto solicitado, siempre que cumpla
con las cuantías máximas relacionadas a continuación, y de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 2.1.1 del Marco Comunitario de Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo
e Innovación (2014/C 198/01), no se aplicará lo establecido en el artículo 107.1 del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea, y, por lo tanto, no tendrán la consideración de
ayudas estatales, las ayudas previstas en esta orden que se otorguen a organismos de
investigación, para actividades no económicas.
No obstante, se establecen las siguientes cuantías máximas subvencionables
por área científico-técnica para costes directos de ejecución incluyendo los costes de
contratación de personal:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251916
• Grado de innovación de la propuesta y justificación del potencial impacto científico
y/o tecnológico del proyecto. Patentabilidad.
• Resultados esperados. Plan de difusión y explotación, en su caso.
• Implicaciones éticas y/o de seguridad (en su caso).
• Perfil profesional o formativo del personal solicitado para contratar con cargo al
proyecto (personal investigador doctor, personal predoctoral, personal de apoyo y
personal auxiliar de gestión del proyecto), con indicación de las tareas a realizar en
el proyecto y priorización del mismo.
• En el caso de que se prevea la subcontratación con terceros deberá indicarse
importe a subcontratar, perfil de las empresas y tareas de investigación a realizar
por las mismas.
• Presupuesto detallado del proyecto y justificación del mismo.
El documento tendrá una extensión máxima de 20 páginas, con espaciado mínimo
sencillo entre líneas y un tamaño mínimo de letra de 10 puntos.
b) Curriculum vitae abreviado de la persona investigadora principal y de cada uno
de los miembros del equipo investigador. El modelo de curriculum vítae aceptado será
necesariamente el abreviado (CVA) conforme al modelo disponible en la página web de
esta Consejería o el que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum
vitae»normalizado disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia
y la Tecnología (FECYT) (https://cvn.fecyt.es/editor/#HOME) utilizando la opción de
generación de currículum abreviado. No podrá exceder en ningún caso de 4 páginas
y tendrá el espaciado mínimo sencillo entre líneas y un tamaño mínimo de letra de 10
puntos.
Podrá ser presentado en lengua española o inglesa.
c) Memoria descriptiva de la proyección internacional de la propuesta presentada con
una extensión máxima de 3 páginas, interlineado mínimo sencillo y un tamaño mínimo de
letra de 10 puntos.
En el correspondiente apartado de la solicitud se informará del área de investigación
científico-técnica en la que se enmarca el proyecto. En el proceso de valoración de
las solicitudes, la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del
Conocimiento, u organismo que lo sustituya competente en las funciones de evaluación,
estudiará en cada caso el encuadre del proyecto en el área de investigación científicotécnica correspondiente, la cual podrá ser reasignada en otra área científico-técnica a
efectos de valoración de la misma en el caso de no coincidir con la indicada en la solicitud.
Las memorias y CVs que no respeten el formato y límite de páginas establecido en
los apartados anteriores sólo serán subsanables en el caso de que la eliminación de
los defectos de formato no implique una modificación substancial del contenido de la
solicitud. El órgano instructor requerirá las memorias y CVs que deban ser objeto de
subsanación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19662/8
Décimo. Cuantía máxima y gastos subvencionables.
1. Se financiará un mínimo del 80% del presupuesto solicitado, siempre que cumpla
con las cuantías máximas relacionadas a continuación, y de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 2.1.1 del Marco Comunitario de Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo
e Innovación (2014/C 198/01), no se aplicará lo establecido en el artículo 107.1 del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea, y, por lo tanto, no tendrán la consideración de
ayudas estatales, las ayudas previstas en esta orden que se otorguen a organismos de
investigación, para actividades no económicas.
No obstante, se establecen las siguientes cuantías máximas subvencionables
por área científico-técnica para costes directos de ejecución incluyendo los costes de
contratación de personal:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251916
• Grado de innovación de la propuesta y justificación del potencial impacto científico
y/o tecnológico del proyecto. Patentabilidad.
• Resultados esperados. Plan de difusión y explotación, en su caso.
• Implicaciones éticas y/o de seguridad (en su caso).
• Perfil profesional o formativo del personal solicitado para contratar con cargo al
proyecto (personal investigador doctor, personal predoctoral, personal de apoyo y
personal auxiliar de gestión del proyecto), con indicación de las tareas a realizar en
el proyecto y priorización del mismo.
• En el caso de que se prevea la subcontratación con terceros deberá indicarse
importe a subcontratar, perfil de las empresas y tareas de investigación a realizar
por las mismas.
• Presupuesto detallado del proyecto y justificación del mismo.
El documento tendrá una extensión máxima de 20 páginas, con espaciado mínimo
sencillo entre líneas y un tamaño mínimo de letra de 10 puntos.
b) Curriculum vitae abreviado de la persona investigadora principal y de cada uno
de los miembros del equipo investigador. El modelo de curriculum vítae aceptado será
necesariamente el abreviado (CVA) conforme al modelo disponible en la página web de
esta Consejería o el que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum
vitae»normalizado disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia
y la Tecnología (FECYT) (https://cvn.fecyt.es/editor/#HOME) utilizando la opción de
generación de currículum abreviado. No podrá exceder en ningún caso de 4 páginas
y tendrá el espaciado mínimo sencillo entre líneas y un tamaño mínimo de letra de 10
puntos.
Podrá ser presentado en lengua española o inglesa.
c) Memoria descriptiva de la proyección internacional de la propuesta presentada con
una extensión máxima de 3 páginas, interlineado mínimo sencillo y un tamaño mínimo de
letra de 10 puntos.
En el correspondiente apartado de la solicitud se informará del área de investigación
científico-técnica en la que se enmarca el proyecto. En el proceso de valoración de
las solicitudes, la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del
Conocimiento, u organismo que lo sustituya competente en las funciones de evaluación,
estudiará en cada caso el encuadre del proyecto en el área de investigación científicotécnica correspondiente, la cual podrá ser reasignada en otra área científico-técnica a
efectos de valoración de la misma en el caso de no coincidir con la indicada en la solicitud.
Las memorias y CVs que no respeten el formato y límite de páginas establecido en
los apartados anteriores sólo serán subsanables en el caso de que la eliminación de
los defectos de formato no implique una modificación substancial del contenido de la
solicitud. El órgano instructor requerirá las memorias y CVs que deban ser objeto de
subsanación.