Disposiciones generales. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/239-7)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de investigación de excelencia, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades calificadas como agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19662/5
• Haber obtenido el grado de doctor o doctora en los doce últimos años previos a la
convocatoria. Se entenderá como fecha de obtención del grado de doctor la fecha del
acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral. Se ampliará el período anteriormente
señalado cuando concurra alguna de las siguientes situaciones entre la fecha de
obtención del grado de doctor y la de finalización de la correspondiente convocatoria:
- Períodos de descanso derivados de maternidad o paternidad disfrutados con arreglo
a las situaciones protegidas que se recogen en el Régimen General de la Seguridad
Social. Se aplicará una ampliación máxima de un año por cada hijo o hija.
- Grave enfermedad o accidente, con baja médica igual o superior a 3 meses. Se
aplicará una ampliación por un período igual al de la situación de baja.
- Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo dispuesto en la
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención
a las personas en situación de dependencia, por un período mínimo de 3 meses.
• En las correspondientes solicitudes se incluirán las declaraciones responsables de
cumplimiento de requisitos, debiendo acreditarse documentalmente estos requisitos en la
fase de aceptación de la ayuda (Anexo II).
• El investigador o investigadora principal joven deberá incluir en su equipo de
investigación a una persona investigadora con vinculación funcionarial o laboral estable
con la entidad beneficiaria, que actuará como orientador científico y ejercerá la tutela del
joven investigador. La persona investigadora que ejerza dicha tutela no podrá realizar esta
actuación en más de dos proyectos financiados en el marco de las ayudas concedidas
con cargo a la orden reguladora.
• El investigador principal joven formalizará contrato con la categoría de personal
doctor durante todo el período de ejecución del proyecto, debiendo aportar en la fase
de aceptación de la ayuda (Anexo II) el compromiso de dicha formalización por parte
de la entidad beneficiaria. Dicho contrato laboral será financiado con cargo a los gastos
de personal de la correspondiente ayuda. El contrato incluirá el nombre o referencia del
proyecto que motiva la contratación.
Para la modalidad de joven investigador o investigadora principal se establece
una reserva de financiación de un 10% de la cuantía destinada a cada una de las
modalidades de proyectos. En todo caso, las solicitudes deberán haber sido evaluadas
positivamente por la Agencia Andaluza del Conocimiento. A estos efectos, se considerará
una evaluación positiva aquélla que alcance al menos 70 puntos.
Se establece una reserva de financiación de un 20% de la cuantía destinada a
cada una de las modalidades para aquellos proyectos liderados por una investigadora
principal. En todo caso, las solicitudes deberán haber sido evaluadas positivamente por
la Agencia Andaluza del Conocimiento. A estos efectos, se considerará una evaluación
positiva aquélla que alcance al menos 70 puntos en el total. Las cantidades remanentes
de esta reserva de financiación se añadirán a la dotación de esta convocatoria.
Las cantidades remanentes de estas reservas de financiación se añadirán a las
dotaciones establecidas en la correspondiente modalidad de proyecto.
2. Equipo de investigación. El personal investigador componente del equipo de
investigación deberá cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
a) Personal con titulación superior con vinculación funcionarial, estatutaria o laboral
con la entidad solicitante, salvo lo especificado en la letra d) del presente apartado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251916
consolidación de personal investigador joven en el Sistema Andaluz del Conocimiento.
Para ello, podrá participar en esta convocatoria el personal investigador doctor sin
vinculación laboral o con vinculación contractual restante inferior a un año a la fecha de
presentación de la solicitud con la entidad solicitante donde se llevará a cabo el proyecto,
con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras y que a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes cumpla los siguientes requisitos:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19662/5
• Haber obtenido el grado de doctor o doctora en los doce últimos años previos a la
convocatoria. Se entenderá como fecha de obtención del grado de doctor la fecha del
acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral. Se ampliará el período anteriormente
señalado cuando concurra alguna de las siguientes situaciones entre la fecha de
obtención del grado de doctor y la de finalización de la correspondiente convocatoria:
- Períodos de descanso derivados de maternidad o paternidad disfrutados con arreglo
a las situaciones protegidas que se recogen en el Régimen General de la Seguridad
Social. Se aplicará una ampliación máxima de un año por cada hijo o hija.
- Grave enfermedad o accidente, con baja médica igual o superior a 3 meses. Se
aplicará una ampliación por un período igual al de la situación de baja.
- Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo dispuesto en la
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención
a las personas en situación de dependencia, por un período mínimo de 3 meses.
• En las correspondientes solicitudes se incluirán las declaraciones responsables de
cumplimiento de requisitos, debiendo acreditarse documentalmente estos requisitos en la
fase de aceptación de la ayuda (Anexo II).
• El investigador o investigadora principal joven deberá incluir en su equipo de
investigación a una persona investigadora con vinculación funcionarial o laboral estable
con la entidad beneficiaria, que actuará como orientador científico y ejercerá la tutela del
joven investigador. La persona investigadora que ejerza dicha tutela no podrá realizar esta
actuación en más de dos proyectos financiados en el marco de las ayudas concedidas
con cargo a la orden reguladora.
• El investigador principal joven formalizará contrato con la categoría de personal
doctor durante todo el período de ejecución del proyecto, debiendo aportar en la fase
de aceptación de la ayuda (Anexo II) el compromiso de dicha formalización por parte
de la entidad beneficiaria. Dicho contrato laboral será financiado con cargo a los gastos
de personal de la correspondiente ayuda. El contrato incluirá el nombre o referencia del
proyecto que motiva la contratación.
Para la modalidad de joven investigador o investigadora principal se establece
una reserva de financiación de un 10% de la cuantía destinada a cada una de las
modalidades de proyectos. En todo caso, las solicitudes deberán haber sido evaluadas
positivamente por la Agencia Andaluza del Conocimiento. A estos efectos, se considerará
una evaluación positiva aquélla que alcance al menos 70 puntos.
Se establece una reserva de financiación de un 20% de la cuantía destinada a
cada una de las modalidades para aquellos proyectos liderados por una investigadora
principal. En todo caso, las solicitudes deberán haber sido evaluadas positivamente por
la Agencia Andaluza del Conocimiento. A estos efectos, se considerará una evaluación
positiva aquélla que alcance al menos 70 puntos en el total. Las cantidades remanentes
de esta reserva de financiación se añadirán a la dotación de esta convocatoria.
Las cantidades remanentes de estas reservas de financiación se añadirán a las
dotaciones establecidas en la correspondiente modalidad de proyecto.
2. Equipo de investigación. El personal investigador componente del equipo de
investigación deberá cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
a) Personal con titulación superior con vinculación funcionarial, estatutaria o laboral
con la entidad solicitante, salvo lo especificado en la letra d) del presente apartado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251916
consolidación de personal investigador joven en el Sistema Andaluz del Conocimiento.
Para ello, podrá participar en esta convocatoria el personal investigador doctor sin
vinculación laboral o con vinculación contractual restante inferior a un año a la fecha de
presentación de la solicitud con la entidad solicitante donde se llevará a cabo el proyecto,
con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras y que a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes cumpla los siguientes requisitos: