Autoridades y personal. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/239-14)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Traductor-Intérprete (2430), correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2017 y del año 2019 para la estabilización del empleo temporal.
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Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021

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En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición; en caso de persistir el mismo, se atenderá
a la puntuación obtenida en la fase de concurso de méritos por el mismo orden en que
los méritos aparecen regulados en esta convocatoria; de persistir la igualdad, se acudirá al
tiempo de experiencia profesional valorado en cada uno de los apartados de esta base y
por el orden en que se encuentran relacionados. Finalmente, de mantenerse aún el empate,
se resolverá de acuerdo con el orden alfabético que consta en el Anexo III, comenzándose
por la letra «R», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de febrero de
2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los aspirantes en las
pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía de dicha resolución (BOJA núm. 30, de 15 de febrero).
2. Se celebrará en primer lugar la fase de oposición.
2.1. La fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, se valorará de 0 a 121
puntos. Consistirá en un ejercicio, dividido en dos pruebas, consistiendo la primera en
una traducción directa e inversa, en un tiempo máximo de 60 minutos por cada uno de los
dos idiomas indicados por las personas participantes en sus solicitudes, en función de las
opciones establecidas en el apartado 3 de la base tercera de la presente convocatoria.
Esta parte del ejercicio, de carácter eliminatorio, se valorará con una puntuación de 0
a 81. La puntuación necesaria para superar esta parte será 32,40 puntos.
Una vez publicada relación de aspirantes que han superado esta primera prueba del
ejercicio, la comisión de selección citará a las personas aspirantes para la celebración
de la segunda prueba del ejercicio, indicando lugar fecha y hora, que consistirá en una
conversación con la comisión de selección, de un tiempo no superior a 15 minutos, en
uno o ambos de los idiomas de la opción elegida.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 40. La puntuación
necesaria para superar esta parte será 16 puntos.
La puntuación necesaria para superar esta parte será 60,40 puntos.
2.2. Una vez corregido el ejercicio, la comisión de selección publicará la relación
de aspirantes que han superado la fase de oposición con indicación de la puntuación
obtenida.
Contra esta relación podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de
la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de acuerdo con los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
2.3. El ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes de los tres meses
siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria.
2.4. Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo
excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan.
2.5. La comisión de selección tomará las medidas necesarias para que las personas
aspirantes con discapacidad puedan realizar el ejercicio contando con las adaptaciones
que les permitan gozar de condiciones similares a las del resto de participantes. Para ello
es necesario que las personas con discapacidad que necesiten adaptación de tiempo y
medios para la realización del ejercicio lo hagan constar en su solicitud, en el espacio
reservado a tal efecto.
2.6. En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso
selectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su
situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las
pruebas que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que
se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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