Autoridades y personal. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/239-14)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Traductor-Intérprete (2430), correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2017 y del año 2019 para la estabilización del empleo temporal.
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Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19463/12
La tramitación de las alegaciones y la vista de expedientes se realizarán
electrónicamente por todas las personas participantes interesadas, en la forma en que se
determine en la publicación de la lista provisional de personas seleccionadas.
3. Transcurrido el plazo referido en el punto anterior y resueltas las alegaciones en su
caso presentadas, el órgano de selección hará pública, en los mismos lugares previstos
en el apartado 3 de la base primera, la relación definitiva de personas seleccionadas
por orden de puntuación con las calificaciones obtenidas en cada una de las fases del
proceso selectivo y la elevará como propuesta a la persona titular de la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para su correspondiente tramitación. La misma
persona aspirante no podrá figurar seleccionada en más de una categoría.
Contra esta lista definitiva de personas seleccionadas podrá interponerse recurso de
alzada ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga
pública, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del
Decreto 93/2006, de 22 de mayo, las personas seleccionadas con discapacidad que
necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la relación definitiva de personas que superan el proceso selectivo,
mediante escrito dirigido a esta.
5. A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública les podrá requerir la información que estime necesaria en
orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y
tareas del puesto concreto a ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos
de la Administración laboral, sanitaria o asistencial correspondiente de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
La consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
6. Por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará relación de
plazas para que las personas seleccionadas realicen de forma electrónica en un plazo de
15 días hábiles, petición de destinos y presenten la documentación preceptiva señalada
en el apartado siguiente.
En esta figurará, al menos, el mismo número de plazas que personas aspirantes
hayan sido seleccionadas.
7. En los términos expresados en el apartado anterior, quienes figuren en la relación
definitiva de personas seleccionadas deberán aportar junto con la petición de destinos la
siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban como personal laboral, en el
que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro estado,
no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o
información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251713
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 19463/12
La tramitación de las alegaciones y la vista de expedientes se realizarán
electrónicamente por todas las personas participantes interesadas, en la forma en que se
determine en la publicación de la lista provisional de personas seleccionadas.
3. Transcurrido el plazo referido en el punto anterior y resueltas las alegaciones en su
caso presentadas, el órgano de selección hará pública, en los mismos lugares previstos
en el apartado 3 de la base primera, la relación definitiva de personas seleccionadas
por orden de puntuación con las calificaciones obtenidas en cada una de las fases del
proceso selectivo y la elevará como propuesta a la persona titular de la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para su correspondiente tramitación. La misma
persona aspirante no podrá figurar seleccionada en más de una categoría.
Contra esta lista definitiva de personas seleccionadas podrá interponerse recurso de
alzada ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga
pública, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del
Decreto 93/2006, de 22 de mayo, las personas seleccionadas con discapacidad que
necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la relación definitiva de personas que superan el proceso selectivo,
mediante escrito dirigido a esta.
5. A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública les podrá requerir la información que estime necesaria en
orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y
tareas del puesto concreto a ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos
de la Administración laboral, sanitaria o asistencial correspondiente de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
La consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
6. Por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará relación de
plazas para que las personas seleccionadas realicen de forma electrónica en un plazo de
15 días hábiles, petición de destinos y presenten la documentación preceptiva señalada
en el apartado siguiente.
En esta figurará, al menos, el mismo número de plazas que personas aspirantes
hayan sido seleccionadas.
7. En los términos expresados en el apartado anterior, quienes figuren en la relación
definitiva de personas seleccionadas deberán aportar junto con la petición de destinos la
siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban como personal laboral, en el
que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro estado,
no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o
información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251713
BOJA
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