5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/239-64)
Anuncio de 2 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Granada, por el que se hace público el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada adoptado en la sesión de 12 de septiembre de 2019, sobre la Innovación del PGOU-Adaptación Parcial de las Normas Subsididarias de Nigüelas, para la división en subsectores del sector SUB-S3 de suelo urbanizable industrial sectorizado y ordenación del subsector SUB-O3.1, promovido por el Ayuntamiento de Nigüelas (Granada).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021

página 19687/15

II.4. Red de saneamiento.
En el plano de ordenación correspondiente se establece la red de alta para la
conexión. El trazado de la red se representará en el correspondiente Proyecto de
Urbanización, donde se definirá el punto de entrega a cauce y el caudal máximo previsible
de aguas pluviales. Se calculará la afección a predios existentes aguas abajo del punto
de recepción en cauce. La entrega de aguas pluviales a cauce deberá realizarse con un
Angulo máximo de 45º. En caso de existir afección negativa sobre el cauce en el punto de
entrega de las aguas se deberá acondicionar distintos puntos de entrega.
En los nuevos desarrollos se deberá garantizar la depuración de las aguas residuales,
en base al vertido y acorde al volumen de aguas residuales generadas y su carga
contaminante.
El saneamiento se ejecutará a través de aguas separativas para la recogida de aguas
residuales y pluviales. La red de saneamiento conducirá las aguas residuales domesticas
a depuradora, mientras que las pluviales desaguarán en cauce público.
Sólo se verterán a la red aguas residuales de naturaleza urbana o asimilable a
urbana. En el caso de que en alguna actividad se produzcan aguas residuales distintas a
éstas, deberán tratarse previamente a su vertido a la red general o ser gestionados por el
propietario de acuerdo con la legislación vigente.
El caudal de vertido de aguas residuales se ha calculado a partir del caudal de
abastecimiento, afectado por un factor de corrección al ser el sistema separativo.
De acuerdo con las determinaciones de las NN.SS. se ha considerado un caudal
de abastecimiento de 1l/s-ha, lo que equivale a 8,64 m³/día-ha. El factor de corrección
utilizado es 0,8, lo que ha llevado a considerar un caudal punta de 7,00 m³/día-ha.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251952

CTE DB-SI. La justificación de los cálculos de la red, que se aportara en el Proyecto de
Urbanización correspondiente, atenderá a las determinaciones que establece en cada
caso la Normativa que le sea de aplicación. La red se distanciara como mínimo 70 cm
de la red de saneamiento. Si la instalación industrial precisa mayor cantidad de agua que
la garantizada por los servicios municipales, el exceso será asumido por la propiedad
mediante la correspondiente captación o sistema, que previamente deberá tener la
aprobación municipal.
Las conducciones y piezas especiales serán de PVC, de diámetro mínimo de 63 mm
(se justificarán en la memoria de cálculo del Proyecto de Urbanización), alojadas en zanja
sobre lecho de arena y relleno de material granular, situadas bajo la calzada.
Las válvulas de cierre serán de compuerta con cuerpo de fundición dúctil, mecanismo
de acero inoxidable, Irán alojadas en arquetas de ladrillo de medio pie de espesor o de
hormigón, enfoscado con mortero de cemento y su correspondiente tapa de fundición
de cierre giratorio con un esfuerzo a soportar de 30 T. La tapa estará señalizada con la
respectiva simbología.
Las bocas de riego serán del tipo homologado por el Ayuntamiento. La separación
máxima entre ellas será de 50 m en una misma acera, debiendo situarse en función de la
presión disponible.
Los hidrantes contra incendios serán de diámetro 80 mm., tipo empotrados y
separación máxima según CTE DB-SI, nunca mayor de 200 m. Su dimensionamiento se
ajustara a la norma antes referida.
Las acometidas a parcelas se dispondrán de forma individual para cada una de ellas
y serán de 63 mm de diámetro y 10 atmósferas de presión como mínimo. La conexión se
realizara con piezas especiales de PVC.
Las restantes características de los elementos de la red, así como su montaje e
instalación se ajustaran a lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales
para Tuberías de Abastecimiento de Aguas a poblaciones del Ministerio de Fomento.