3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/237-18)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la Empresa de Aguas y Residuos del Campo de Gibraltar, ARCGISA, que realiza el servicio de limpieza, recogida de residuos sólidos urbanos y tratamiento de aguas en el Campo de Gibraltar, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021

página 19606/4

Autonomía para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, del Real Decreto-ley 17/1977, de 4
de marzo; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones
y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de
trabajo; el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías (modificado por el Decreto del Presidente 6/2019, de 11
de febrero y por Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre), el Decreto 100/2019,
de 12 de febrero y Decreto 115/2020, de 8 de septiembre, por el que se aprueba la
estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y el
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA del 30).
RESU ELVO
Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el Anexo de esta Resolución,
para regular la situación de huelga convocada en la Empresa de Aguas y Residuos del
Campo de Gibraltar, ARCGISA, que presta los servicios públicos de limpieza y recogida de
residuos sólidos urbanos, y gestión del agua, en los municipios señalados del Campo de
Gibraltar. La huelga se desarrollará durante los días, 8 y 9, y 22 y 23 de diciembre de 2021.
Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre
relaciones de trabajo.
Tercero. Lo dispuesto en los apartados anteriores no supondrá limitación alguna de
los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha
situación, ni tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su
posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de diciembre de 2021.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
A NE XO

a) Recogida de residuos sólidos urbanos en los municipios de:
- Tarifa: 1 camión con su dotación habitual diariamente
- La Linea de la Concepción: 2 camión con su dotación habitual diariamente
- San Roque: 2 camión con su dotación habitual diariamente.
- Los Barrios: 1 camión con su dotación habitual diariamente.
- Jimena, San Martín del Tesorillo y Castellar: 1 camión con su dotación habitual diariamente.
En todo caso, se garantizará la recogida de basura y limpieza viaria cercana de
los centros de salud, hospitales, centros educativos, centro de personas mayores y de
servicios sociales y mercado de abastos, así como los servicios concretos que se fijen
por la dirección de la empresa adjudicataria a requerimiento de la Mancomunidad de
Municipios del Campo de Gibraltar.
b) Gestión del ciclo integral del agua en los municipios de La Línea de la Concepción,
San Roque, Los Barrios, Jimena y Castellar: Asi como el tratamiento de agua en alta en
toda la comarca del Campo de Gibraltar, excepto Tarifa, por depender de otra cuenca
hidrográfica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251867

Servicios mínimos (expte. H 43/2021 DGTBL)