3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/237-18)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la Empresa de Aguas y Residuos del Campo de Gibraltar, ARCGISA, que realiza el servicio de limpieza, recogida de residuos sólidos urbanos y tratamiento de aguas en el Campo de Gibraltar, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021

página 19606/3

Dirección General. Tal propuesta se considera adecuada teniendo en consideración
los criterios que el Tribunal Constitucional en su Sentencias 11, 26 y 33/1981, 51/1986,
27/1989 y 43/1990 de 15 de marzo, ha sentado en materia de huelga respecto a la fijación
de los servicios esenciales de la comunidad. En dichas sentencias se fijan como criterios
que exista una razonable proporción entre los servicios a imponer a los huelguistas y los
perjuicios que padezcan los usuarios de los servicios afectados por la huelga, evitando
que los servicios esenciales establecidos supongan un funcionamiento normal del
servicio y al mismo tiempo procurando que el interés de la comunidad sea perturbado por
la huelga solamente en términos razonables.
En consecuencia, se establecen estos servicios mínimos fundamentandose en:
Primero. Las poblaciones a la que se presta servicio la empresa (Los Barrios, Tarifa,
Jimena, La Línea, San Martín del Tesorillo, Castellar de la Frontera y San Roque), con
alrededor de más de 250.000 habitantes, así como la dimensión de los municipios, con
más de 1.450 kilómetros cuadrados; los medios humanos y materiales para la realización
del servicio, aproximadamente 400 empleados y 43 vehículos mecánicos de distinto tipo;
la limpieza viaria en Castellar, donde el considerable aumento de la población durante los
días de puente, así como períodos previos a los días festivos navideños, que lo hacen
destino turístico de gran afluencia.
Segundo. La huelga se realiza en dos fases, día 9 y 10 y 22 y 23 de diciembre, dadas
las fechas próximas a la festividad navideña, y haber mayor número de personas con
los preparativos, celebraciones, etc. por lo que la acumulación de residuos en las vías
públicas, y especialmente, materia orgánica susceptible de descomposición, puede
provocar la transmisión de enfermedades infecto-contagiosas, por la presencia de
insectos y roedores.
Por otro lado, hay que tener en cuenta la evidente especial vulnerabilidad de los
centros de salud, hospitales, centros educativos, centro de personas mayores y de
servicios sociales, mercados de abastecimiento y mataderos, donde la salubridad y las
condiciones higiénico-sanitarias deben de ser mayores.
Igualmente, el ciclo completo del agua, o sea el abastecimiento, saneamiento,
depuración de las mismas, es fundamental para la salud de las personas y el
mantenimiento del medio ambiente.
Tercero. Los servicios mínimos dictados mediante Resolución de la Dirección
General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, de fecha 22 de marzo
de 2016, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público de recogida de
basuras y limpieza viaria en la localidad de Los Barrios, publicados en el BOJA de 1 de
abril de 2016, así como los dictados mediante Resolución de 12 de abril de 2019 por el
que se garantiza el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, gestión del ciclo
integral del agua y limpieza viaria en el Campo de Gibraltar, mediante el establecimiento
de servicios mínimos (BOJA 23.4.2019).

Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio entre
los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo
ejercicio de la huelga, esta regulación se establece de conformidad con lo que disponen
las normas aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5º del Estatuto de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251867

En todo caso, es evidente que tan importante como establecer una adecuada
regulación de los servicios mínimos es la supervisión del cumplimiento de los mismos.
Igualmente, la organización del trabajo debe garantizar una equilibrada distribución de
los porcentajes del servicio a prestar entre los distintos lugares afectados por la huelga.
Todo ello es labor que corresponde a la empresa, con la participación del comité de
huelga, sin olvidar que la recogida de residuos sólidos urbanos, la limpieza viaria y el
abastecimiento del agua, son servicios municipales.