3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Familias. (2021/235-47)
Orden de 26 de noviembre de 2021, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio prestado por la sociedad mercantil Sacyr Facilities, S.A., y que afecta al servicio de limpieza de las Áreas de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Este y Oeste, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Jueves, 9 de diciembre de 2021

página 19192/2

DISPONGO
Artículo 1. La situación de huelga, relativa al sector de la Limpieza y que afecta a
los servicios prestados en los centros de atención primara y hospitales de las Áreas de
Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Este y Oeste por la sociedad mercantil SACYR
Facilities, S.A., que se llevará a efecto a partir de las 00:00 horas del día 30 de noviembre
de 2021, con carácter indefinido; oídas las partes afectadas y vista la propuesta de la
Delegación Territorial de Salud y Familias de Cádiz, no existiendo acuerdo entre las
partes, se entenderá condicionada al mantenimiento de los mínimos necesarios para el
funcionamiento de este servicio, según se recoge en Anexo I.
Artículo 2. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados, serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo.
Artículo 3. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos
que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni
tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Artículo 4. Sin perjuicio de lo que establecen los artículos anteriores, deberán
observarse las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los
usuarios de establecimientos sanitarios, y se garantizará la reanudación normal de la
actividad, una vez finalizada la huelga.
Artículo 5. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de noviembre de 2021
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias

ANEXO I
1. Centros de Atención Primaria: 100% de los servicios prestados.

Zonas A: Muy Alto/Alto Riesgo: Incluyen las áreas de bloques quirúrgicos, salas o
habitaciones de aislamientos, salas, plantas o habitaciones de pacientes infecciosos,
paritorios, UCI, Unidad de prematuros, hemodiálisis, banco de sangre, hemodinámica,
esterilización, unidad de preparación de medicación, vestuarios y aseos de personal de
zonas de alto y muy alto riesgo, así como otras áreas que designe el servicio de medicina
preventiva.
La falta de limpieza diaria de las áreas detallas incrementa los riesgos de infecciones
de los pacientes ingresados en el centro, así como de aquellos que inevitablemente han
de acudir al centro a ser tratados, y de los profesionales que se encuentran en el centro.
La limpieza diaria de las áreas donde se han de realizar técnicas intervencionistas
así como de las áreas donde se encuentran ingresados pacientes infecciosos exigen
asimismo garantizar el 100% de la limpieza de la totalidad de esas zonas, así como
las áreas de apoyo y servicios anexas, para garantizar la seguridad de pacientes y
profesionales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251444

2. Hospitales Punta Europa y La Línea de la Concepción: