Disposiciones generales. Presidencia. (2021/233-1)
Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Viernes, 3 de diciembre de 2021
página 19403/10
II
1. Por su singularidad e importancia y por ser uno de los objetivos prioritarios
es necesario destacar la inclusión en esta ley, de forma decidida, del principio de
sostenibilidad en la ordenación territorial y en la actividad urbanística. La irradiación de
lo ambiental en el territorio y el urbanismo, incorporando de forma clara la perspectiva
de sostenibilidad social, ambiental y económica en todo el proceso de planificación, es
uno de los grandes objetivos de la nueva norma. Si bien en los últimos años se han
puesto en marcha diferentes iniciativas encaminadas al desarrollo sostenible de nuestros
municipios, estas no han llegado a incorporarse de forma eficiente por su grado de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251661
Varios lustros de aplicación de la LOTA y de la LOUA han sido suficientes para tomar
conciencia de que ni la Administración, ni las necesidades de la sociedad, ni el entorno
en el que nos desenvolvemos son los mismos que a principios de la primera década de
este siglo, lo que hace necesaria la revisión de ambos cuerpos normativos con el objetivo
de mejorar tanto la legislación como la actividad de la Administración.
La ley opta por integrar en un solo cuerpo legislativo la regulación sobre la ordenación
territorial que incluye la ordenación del litoral y la ordenación urbanística en Andalucía,
que hasta ahora se había materializado en dos disposiciones legislativas elaboradas
con diferentes perspectivas, aportando con ello un planteamiento complementario
y coordinado de ambas materias. Se propone, así, un modelo que rompe con el rigor
formalista de la legislación actual para abordar los retos que tienen hoy las ciudades y el
territorio, con el objetivo final de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía.
Para ello es necesario reforzar el carácter transversal que caracteriza a la ordenación
territorial, con el fin de dotar a las políticas sectoriales que intervienen en el territorio de
una estrategia común y coherente para el desarrollo de Andalucía y a la planificación
urbanística de un soporte basado en la ordenación de los intereses de alcance supralocal,
que permita la cohesión económica y social del territorio y la sostenibilidad ambiental.
El núcleo fundamental de la ordenación del territorio viene constituido en esta norma
por un conjunto de actuaciones públicas de contenido planificador que, aun sirviendo a
la fijación de usos del suelo y al equilibrio entre las distintas partes del territorio andaluz,
flexibilizan el marco de actuación del planificador urbanístico municipal, sin limitar su
capacidad para ordenar su propio ámbito territorial.
El modelo urbanístico vigente en la actualidad mantiene, en lo esencial, el sistema
tradicional de planeamiento y gestión establecido en el Real Decreto 1346/1976, de 9
de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo
y Ordenación Urbana. Se caracteriza por una rígida estructura jerárquica de planes y
de instrumentos que no responde a los cambios sociales y económicos con la misma
velocidad en la que estos se producen en las ciudades del siglo XXI.
Son muchas las disfunciones que genera este modelo tan determinista y rígido, y no
es menor la problemática derivada de la frecuente anulación de los Planes Generales por
sentencias de los Tribunales, con las consecuencias que ello tiene sobre el planeamiento
de desarrollo. El concepto de Plan General como norma rígida que determina todo el
planeamiento de desarrollo es la causa última de ese problema.
La nueva propuesta, aunque mantiene principios y técnicas del antiguo sistema que
siguen teniendo hoy plena validez, debe ser relativamente disruptiva con el sistema
territorial y urbanístico que ha regido en Andalucía y en España en los últimos años,
ya que pretende superarlo y adaptarlo a las nuevas demandas y necesidades de la
sociedad. Los problemas y demandas de la ciudad del siglo XXI deben ser abordados
con nuevas soluciones que requieren de un cambio en el sistema de planes territoriales
y urbanísticos.
Desde este punto de partida, los objetivos en los que se basa la nueva Ley de Impulso
para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía son los siguientes:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Viernes, 3 de diciembre de 2021
página 19403/10
II
1. Por su singularidad e importancia y por ser uno de los objetivos prioritarios
es necesario destacar la inclusión en esta ley, de forma decidida, del principio de
sostenibilidad en la ordenación territorial y en la actividad urbanística. La irradiación de
lo ambiental en el territorio y el urbanismo, incorporando de forma clara la perspectiva
de sostenibilidad social, ambiental y económica en todo el proceso de planificación, es
uno de los grandes objetivos de la nueva norma. Si bien en los últimos años se han
puesto en marcha diferentes iniciativas encaminadas al desarrollo sostenible de nuestros
municipios, estas no han llegado a incorporarse de forma eficiente por su grado de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251661
Varios lustros de aplicación de la LOTA y de la LOUA han sido suficientes para tomar
conciencia de que ni la Administración, ni las necesidades de la sociedad, ni el entorno
en el que nos desenvolvemos son los mismos que a principios de la primera década de
este siglo, lo que hace necesaria la revisión de ambos cuerpos normativos con el objetivo
de mejorar tanto la legislación como la actividad de la Administración.
La ley opta por integrar en un solo cuerpo legislativo la regulación sobre la ordenación
territorial que incluye la ordenación del litoral y la ordenación urbanística en Andalucía,
que hasta ahora se había materializado en dos disposiciones legislativas elaboradas
con diferentes perspectivas, aportando con ello un planteamiento complementario
y coordinado de ambas materias. Se propone, así, un modelo que rompe con el rigor
formalista de la legislación actual para abordar los retos que tienen hoy las ciudades y el
territorio, con el objetivo final de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía.
Para ello es necesario reforzar el carácter transversal que caracteriza a la ordenación
territorial, con el fin de dotar a las políticas sectoriales que intervienen en el territorio de
una estrategia común y coherente para el desarrollo de Andalucía y a la planificación
urbanística de un soporte basado en la ordenación de los intereses de alcance supralocal,
que permita la cohesión económica y social del territorio y la sostenibilidad ambiental.
El núcleo fundamental de la ordenación del territorio viene constituido en esta norma
por un conjunto de actuaciones públicas de contenido planificador que, aun sirviendo a
la fijación de usos del suelo y al equilibrio entre las distintas partes del territorio andaluz,
flexibilizan el marco de actuación del planificador urbanístico municipal, sin limitar su
capacidad para ordenar su propio ámbito territorial.
El modelo urbanístico vigente en la actualidad mantiene, en lo esencial, el sistema
tradicional de planeamiento y gestión establecido en el Real Decreto 1346/1976, de 9
de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo
y Ordenación Urbana. Se caracteriza por una rígida estructura jerárquica de planes y
de instrumentos que no responde a los cambios sociales y económicos con la misma
velocidad en la que estos se producen en las ciudades del siglo XXI.
Son muchas las disfunciones que genera este modelo tan determinista y rígido, y no
es menor la problemática derivada de la frecuente anulación de los Planes Generales por
sentencias de los Tribunales, con las consecuencias que ello tiene sobre el planeamiento
de desarrollo. El concepto de Plan General como norma rígida que determina todo el
planeamiento de desarrollo es la causa última de ese problema.
La nueva propuesta, aunque mantiene principios y técnicas del antiguo sistema que
siguen teniendo hoy plena validez, debe ser relativamente disruptiva con el sistema
territorial y urbanístico que ha regido en Andalucía y en España en los últimos años,
ya que pretende superarlo y adaptarlo a las nuevas demandas y necesidades de la
sociedad. Los problemas y demandas de la ciudad del siglo XXI deben ser abordados
con nuevas soluciones que requieren de un cambio en el sistema de planes territoriales
y urbanísticos.
Desde este punto de partida, los objetivos en los que se basa la nueva Ley de Impulso
para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía son los siguientes: