Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/231-1)
Orden de 19 de noviembre de 2021, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1).
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Número 231 - Miércoles, 1 de diciembre de 2021

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10. Si la renta del solicitante es inferior al IPREM, o en el caso de una persona jurídica,
que todos sus miembros reúnan esta condición. 1 punto.
11. Si la persona física solicitante es un parado de larga duración. 2 puntos.
12. Que el plan empresarial contemple que la persona joven se instale en una
explotación que pase a ser de agricultura o ganadería ecológica. 2 puntos.
13. La persona solicitante ha recibido asesoramiento (artículo 15.4 del Reglamento (UE)
núm. 1305/2013, de 17 de diciembre). 1 punto.
14. Si la persona solicitante alcanza la plena propiedad de la explotación, o se instala
como titular no exclusivo mediante el acceso a la titularidad compartida. 2 puntos.
15. Si la instalación del joven supone el relevo de otro agricultor que se jubila.
3 puntos.
16. Si la orientación tecnoeconómica de la explotación es ganadera o invernadero.
1 punto.
17. Si el joven se compromete a suscribir un seguro agrario durante los 5 años
siguientes a la fecha en que se determina que ha comenzado a aplicarse el plan
empresarial. 2 puntos.
Puntuación máxima de la solicitud de ayuda: 33 puntos.
Cuando no se alcance al menos 6 puntos en la valoración de la solicitud, no se
concederán ayuda alguna. Cuando no se alcancen al menos 7 puntos en la valoración de
la solicitud la cuantía de la ayuda se verá reducida en un 10%.
En el caso de que se produzca un empate en las valoraciones establecidas
anteriormente, y de que no exista crédito suficiente para atender todas las solicitudes
con idéntica puntuación, tendrán preferencia aquellas solicitudes con menor importe de
ayuda y en caso de empate de éstas, la que obtengan mayor puntuación en el siguiente
grupo de criterios (1, 2, 9, 10, 11, 13 y 15), si continúa el empate, se utilizará la mayor
puntuación en el siguiente grupo de criterios (3, 4, 12, 14 y 16) y si continúa el empate en
el siguiente grupo de criterios (5, 6, 7 y 8).
Los criterios y su correspondiente puntuación aplicables a la línea de Ayuda
específica dirigida a mujeres para la creación de empresas de jóvenes agricultoras serán
los siguientes:
1. Instalarse como agricultor profesional. 4 puntos.
2. Comprometerse a residir en la comarca en la que radica la explotación incluida en
el Plan empresarial o en las comarcas limítrofes. 3 puntos.
3. La explotación generará 1 UTA adicional a la correspondiente al número de jóvenes
instalados en la misma. 3 puntos.
4. Que la explotación esté ubicada en zonas rurales a revitalizar de Andalucía
establecidas en el artículo 10 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo
sostenible del medio rural o que esté ubicada en términos municipales con dificultades
naturales en los términos previstos en el Reglamento (CE) núm. 1257/1999 del Consejo, de
17 de mayo, sobre ayuda al desarrollo rural con cargo del Fondo Europeo de Orientación
y Garantía Agrícola (FEOGA), o en zonas con dificultades naturales de montaña y otras
zonas con dificultades diferentes a las de montaña. 2 puntos.
5. El plan empresarial incluye acciones para la integración y la comercialización de la
producción de la explotación a través de una entidad asociativa. 2 puntos.
6. Que el plan empresarial incluya actuaciones o técnicas de manejo que garanticen
el uso más eficiente del agua para riego en la explotación. 1 punto.
7. Que el plan empresarial incluya actuaciones o técnicas de manejo que garanticen
el uso más eficiente de la energía que se consume en la explotación, o la utilización de
fuentes renovables de energía o de subproductos de la propia explotación. 1 punto.
8. El plan empresarial incluye acciones innovadoras (se considerará que el plan
empresarial incluye acciones innovadoras cuando éste haya sido incluido en alguna de
las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación
de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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