3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2021/230-34)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se acuerda la delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
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Número 230 - Martes, 30 de noviembre de 2021

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El ejercicio de las funciones y competencias relacionadas se llevará a cabo, conforme
al artículo 7 de la norma de creación de la Agencia, con arreglo, entre otros, a los principios
de servicio efectivo a la ciudadanía, estableciendo sistemas de información adecuados,
con especial atención a las tareas de asistencia al contribuyente, con el fin de reducir al
mínimo el coste de tramitación y facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones
tributarias, estableciendo a tal efecto sistemas de evaluación; mejora continua de la
calidad en la prestación de servicios a la ciudadanía, previendo sistemas de evaluación;
lucha contra el fraude fiscal y planificación, coordinación, eficacia y eficiencia.
En este contexto, la Agencia se ha trazado como meta para los próximos ejercicios
la mejora de las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal y la mejora
de la gestión de los recursos asignados a la Agencia Tributaria. En este sentido, interesa
a la Agencia consolidar su modelo de lucha contra el fraude basado en la prevención,
cooperación y control, mediante la prestación regional de servicios de información
y asistencia multicanal, adaptando la oferta de cita a las necesidades y perfiles de los
contribuyentes, para lo cual se estima necesario establecer alianzas estratégicas con
colectivos cuya localización geográfica y red de implantación en el territorio facilite el
acceso al catálogo de servicios que ofrece la Junta de Andalucía en materia tributaria.
Precisamente, el colectivo de registradores de la propiedad dispone de una amplia red
territorial integrada por 91 puntos de atención que permite a la Administración poner a
disposición de los contribuyentes más de 477.860 citas anuales, de las cuales 283.400
se ofertan a través del canal presencial y 194.460 a través del canal telefónico. Esta
colaboración permite ofrecer al contribuyente una atención completa, descentralizada,
flexible y eficiente, ya que el convenio contempla la posibilidad tanto de redistribuir la
oferta de citas entre los distintos canales, en función de las necesidades del contribuyente,
como la posibilidad de ampliar la oferta de citas inicial si la mejor atención del servicio
público así lo requiere.
Por otra parte, desde la perspectiva del control, la Agencia se ha trazado como
objetivo consolidar el modelo de gestión de expedientes según criterios de riesgo fiscal,
optimizando los medios disponibles con el propósito de acercar el momento de la reacción
de la Administración Tributaria frente a conductas fraudulentas o conductas dirigidas a
la ocultación de la realización de hechos imponibles. A tal efecto, el colectivo registral
colabora activamente en el control de los distintos elementos de la obligación tributaria
y la mejora de los resultados de lucha contra el fraude fiscal a través de 24 oficinas de
información, asistencia y comprobación.
Todo ello, en el marco que proporcionan respectivamente la disposición adicional
primera del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones aprobado por Real
Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, y la disposición adicional segunda del Reglamento
del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
aprobado por Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo.
Las principales características de este régimen de delegación de funciones y
competencias de la Agencia en los registradores de la propiedad son las siguientes:
a) El ámbito objetivo de funciones y competencias es asimétrico. En el Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados la colaboración comprende
determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los tributos (incluidas
competencias de comprobación) y revisión. En cambio, en el Impuesto sobre Sucesiones
y Donaciones, la colaboración se circunscribe al ámbito de la información y asistencia,
destacando las funciones de recepción y tramitación de declaraciones, autoliquidaciones,
comunicaciones de datos y demás documentos con trascendencia tributaria; información
y asistencia en materia tributaria para la presentación electrónica de documentos ante
la Agencia y la asistencia a la confección, presentación y pago de autoliquidaciones, así
como de otras deudas tributarias y deudas de derecho público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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