3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2021/229-28)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Deportes de Invierno.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021

página 18677/9

Transcurrido dicho plazo, la Junta Directiva de la Federación resolverá sobre la
mencionada baja. Esta resolución se comunicará a la Dirección General competente en
materia de Deporte el día siguiente al de su adopción y se notificará al interesado, que
podrá interponer recurso contra la misma, ante la Comisión Electoral Federativa, en el
plazo de cinco días naturales desde su notificación.
Artículo 19.
La Asamblea General se reunirá con carácter ordinario una vez al año, para la
aprobación de las cuentas y memoria de las actividades deportivas del año anterior, así
como del calendario, programas y presupuesto anual, y será convocada por la persona
que ostente la presidencia de la F.A.D.I. con al menos quince días naturales de antelación,
acompañando a la convocatoria el orden del día.
A las convocatorias deberá adjuntarse la documentación concerniente a los asuntos
que vayan a tratarse, si bien esta documentación podrá remitirse dentro de los 10 días
previos a la fecha de celebración o, incluso, 48 horas antes en los supuestos de fuerza
mayor o urgencia.
Las personas integrantes de la Asamblea podrán solicitar por escrito, con anterioridad
a la reunión de la junta, o verbalmente durante la misma, los informes y aclaraciones que
estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Solo se le podrá
negar cuando a juicio de Junta Directiva en pleno y una vez consultada la Asesoría Legal,
se estime que la publicidad de los datos solicitados perjudique los intereses de la F.A.D.I.
Se establecerá un plazo de diez días como máximo para responder en un sentido o
en otro, a la petición de los miembros de la Asamblea.
La Asamblea general podrá crear Comisiones Delegadas cuyos componentes serán
elegidos entre sus miembros, con la composición, funciones y sistema de renovación que
se establezcan estatutariamente.

Artículo 21.
Serán competencias de la Asamblea General Ordinaria, con carácter exclusivo:
a) El análisis de la gestión económica del año anterior, con aprobación, si procede,
del balance, cuenta de pérdidas y ganancias, de la memoria explicativa correspondiente
y demás documentación contable.
b) La aprobación del presupuesto anual.
c) El análisis y aprobación, en su caso, de la gestión deportiva y actividad deportiva
del año anterior. Aprobación de la memoria deportiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00250909

Artículo 20.
La Asamblea General se reunirá con carácter extraordinario, previa convocatoria de la
persona que ostente la presidencia o a instancia razonada de un tercio de sus miembros,
y se convocará con al menos siete días de antelación por escrito; junto al orden del día se
acompañará la documentación relativa a las propuestas que requieran un estudio previo.
Las personas integrantes de la Asamblea podrán solicitar por escrito, con anterioridad
la reunión de la junta, o verbalmente durante la misma, los informes y aclaraciones que
estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Solo se le podrá
negar cuando a juicio de Junta Directiva en pleno y una vez consultada la Asesoría Legal,
se estime que la publicidad de los datos solicitados perjudique los intereses de la F.A.D.I.
Se establecerá un plazo de diez días como máximo para responder en un sentido o
en otro, a la petición de los miembros de la Asamblea.
En el caso de convocatoria a instancia de un tercio de sus miembros, el Presidente
o Presidenta vendrá obligado a convocarla en el plazo de los quince días siguientes a
la entrada en el registro de la F.A.D.I. de la petición a la que deberá acompañarse los
documentos de identidad de sus promotores y el orden del día de los temas que deban
ser tratados en junta.