Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2021/229-9)
Acuerdo de 23 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia Andaluza contra la Trata de Mujeres y Niñas con fines de explotación sexual 2021-2024.
70 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021

página 18891/17

a efecto con la finalidad de explotar sexualmente a la víctima, la cual puede
materializarse mediante diversas formas de dominio, como la prostitución forzada,
cualquier actividad sexual o erótica obligada, pornografía impuesta, espectáculos
sexuales forzados, masajes eróticos forzados, turismo sexual o el noviazgo y
matrimonio forzado. Para las niñas se materializa en las mismas formas de dominio, sin
embargo, no es necesario que la niña sea forzada a ello, es suficiente haber sacado
provecho de carácter sexual basándose en una relación de poder.
Aunque la transnacionalidad no sea un elemento esencial del delito de trata, ésta
dificulta su represión y la asistencia a las víctimas, de ahí la importancia de crear
acuerdos internacionales que aceleren la cooperación policial y judicial que posibiliten
la lucha eficaz contra las organizaciones criminales, así como facilitar a las víctimas los
recursos asistenciales que les permita salir de la situación de vulnerabilidad en la que se
encuentran, tanto en el país de explotación como en el de origen. Esto adquiere especial
relevancia cuando se ven implicadas menores, que pueden verse separadas de sus
familias en cualquiera de los países del itinerario de la trata, de ahí que deba tenerse en
especial consideración el enfoque de cooperación transnacional a través de los servicios
especializados, que permita la verificación de ausencia de riesgos en el retorno y un
plan de reintegración social en origen que asegure la reunificación familiar y un retorno
seguro.

4.1.2. Incidencia de la prostitución sobre la trata de mujeres y
niñas con fines de explotación sexual
A partir de estudios realizados sobre la trata de seres humanos, se observa que su área
principal de desarrollo es la realizada con fines de explotación sexual, que incluye la
prostitución y la pornografía, entre otras manifestaciones. La demanda de comercio
sexual es una de las principales causas de la trata con fines de explotación sexual, por lo
que en el marco de la prevención debe abordarse este aspecto, teniendo en cuenta tanto
a las personas que demandan la prostitución como al conjunto de la sociedad que no
reconocen posibles situaciones de este tipo de esclavitud en su entorno más cercano.
Esta circunstancia es la razón principal de centrar la presente estrategia en este tipo de
violencia sobre las personas.
Cuando se habla de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, no debe
confundirse con la prostitución, aunque son dos problemas estrechamente
interrelacionados, ya que la prostitución es el objetivo principal de la trata de mujeres
con fines de explotación sexual, y es una forma de violencia de género fruto de la
discriminación; ahora bien, no toda la prostitución procede de la trata.

Para abordar de modo estratégico el problema de la trata de mujeres y niñas con fines de
explotación sexual, es imprescindible contar con la participación activa de cuantos
organismos, instituciones y entidades intervengan en la lucha contra esta forma de
violencia.
En este contexto, el papel de la sociedad civil, a través de las organizaciones que
trabajan específicamente en esta materia, resulta fundamental al ser quienes establecen,
a veces, el primer contacto con la víctima y consiguen, en ocasiones, generar vínculos
de confianza y una relación estable tanto con ésta como con su entorno.
En este sentido, es necesario situar a las víctimas en el centro de cualquier acción que se
pretenda llevar a cabo, ya sea de planificación o programación de políticas públicas, de
protección, de prevención o de investigación y persecución del delito.
14

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251131

4.2. ENFOQUE ESTRATÉGICO