3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/228-34)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Jaén, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 5 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Jaén, por la que se dispone proceder al registro y publicación de la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística de Torredelcampo (Jaén), Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente al expediente de planeamiento relativo al Plan General de Ordenación Urbanística de Torredelcampo (Jaén).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Viernes, 26 de noviembre de 2021

página 18453/70

Criterios de intervención:
a) La realización de intervenciones sobre bienes inscritos en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz procurará por todos los medios de la ciencia y de la técnica
su conservación, restauración y rehabilitación.
b) Las restauraciones respetarán las aportaciones de todas las épocas existentes,
así como las pátinas, que constituyan un valor propio del bien. La eliminación de
alguna de ellas sólo se autorizará, en su caso, y siempre que quede fundamentado
que los elementos que traten de suprimirse supongan una degradación del bien y su
eliminación fuere necesaria para permitir la adecuada conservación del bien y una
mejor interpretación histórica y cultural del mismo. Las partes suprimidas quedarán
debidamente documentadas.
c) Los materiales empleados en la conservación, restauración y rehabilitación deberán
ser compatibles con los del bien. En su elección se seguirán criterios de reversibilidad,
debiendo ofrecer comportamientos y resultados suficientemente contrastados. Los
métodos constructivos y los materiales a utilizar deberán ser compatibles con la tradición
constructiva del bien.
d) En el caso de bienes inmuebles, las actuaciones a que se refiere el apartado c)
evitarán los intentos de reconstrucción, salvo cuando en su reposición se utilicen algunas
partes originales de los mismos o se cuente con la precisa información documental y
pueda probarse su autenticidad. Si se añadiesen materiales o partes indispensables, las
adiciones deberán ser reconocibles y evitar las confusiones miméticas.
e) La realización de intervenciones de conservación, restauración y rehabilitación
sobre bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz exigirá la
elaboración de un proyecto de conservación con arreglo a lo previsto en el artículo 22 de
la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía.
f) Al término de las intervenciones cuya dirección corresponderá a personal técnico,
se presentará a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico un informe
sobre la ejecución de las mismas en el plazo y con el contenido que se determinen
reglamentariamente.
TITULO VII
PUBLICIDAD E INFORMACIÓN URBANÍSTICA
CAPÍTULO I
Publicidad de los instrumentos de planeamiento
Artículo 7.1. Carácter público del planeamiento.
1. El Plan General de Ordenación Urbanística y los instrumentos de planeamiento que
lo desarrollen, sean éstos de iniciativa pública o privada, tienen carácter público y debe
garantizarse su publicidad quedando depositados en el Ayuntamiento para su consulta
por los administrados.
2. La publicidad de los instrumentos de planeamiento se regulará según lo establecido
en los artículos 39 y 40 de la LOUA y su publicación se realizará conforme al artículo 41
de la LOUA.
CAPÍTULO II
Artículo 7.2. La información urbanística del Planeamiento.
1. Las administraciones competentes facilitarán en la mayor medida posible el acceso
y el conocimiento del contenido de los instrumentos de planeamiento por medios y
procedimientos convencionales, informáticos o telemáticos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00250681

Información de las determinaciones de los planes a los administrados