3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2021/228-30)
Orden de 10 de noviembre de 2021, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Huelva y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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Número 228 - Viernes, 26 de noviembre de 2021

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Artículo 27. De la Junta General.
1. La Junta General, es el órgano plenario y superior de gobierno del Colegio de
Administradores de Fincas de Huelva, se reunirá con carácter ordinario dentro de los
primeros cinco meses de cada año en la que, además de otros asuntos habrá de tratarse
necesariamente la aprobación del presupuesto anual y la liquidación de ingresos y gastos
el ejercicio anterior.
2. Se reunirá con carácter extraordinario cuando sea debidamente convocada, a
iniciativa la Presidencia o de más del quince por ciento de colegiados.
3. Las Juntas Generales Ordinarias se convocarán con una antelación mínima de
diez días y las extraordinarias con una antelación mínima de cinco días, salvo en los
casos de urgencia, en que a juicio de la Presidencia haya de reducirse el plazo, debiendo
motivarse en la convocatoria la causa concreta que la justifique, y pudiéndose convocar
con la antelación suficiente para que pueda ser conocida por todos los miembros del
colegio.
4. La convocatoria, conteniendo el orden del día, se publicará en los tablones de
anuncios del Colegio y en la página web y se notificará a los Interesados por medios
telemáticos o por correo ordinario.
5. La citación señalará la fecha, hora y lugar de celebración y expresara numerado el
orden del día. Si la convocatoria, o alguno de los puntos a tratar, fueren a instancia de los
colegiados deberá indicarse tal circunstancia.
6. Para la válida constitución de la Junta General, tanto en sesión ordinaria como
extraordinaria, bastará en primera convocatoria la presencia de la Presidencia y Secretaría
o quienes reglamentariamente les suplan y el 50% de colegiados. Para el supuesto de
no reunirse este quórum, se podrá constituir la Junta General en segunda convocatoria
transcurrido un cuarto de hora como mínimo desde la primera, con la presencia de la
Presidencia y de la Secretaría, o quienes reglamentariamente le suplan, cualquiera que
sea el número de colegiados asistentes.
7. Desde la fecha de la convocatoria y hasta un día antes de su celebración, los
colegiados podrán consultar en la Secretaría del Colegio los antecedentes relativos al
contenido del orden del día.
8. Con antelación a la convocatoria de la Junta General Ordinaria, podrán incluirse
las proposiciones que formulen un mínimo del quince de colegiados.
9. Los acuerdos se tomarán por mayoría Simple de votos de los asistentes salvo los
quórum especiales que se establezcan en los presentes Estatutos.
10. Se levantarán actas de los acuerdos adoptados en la Junta General que se
reflejara en un libro de acta siendo cerrada y firmada por la Presidencia y por el Secretario,
en un plazo máximo de 30 días desde su celebración.
11. Corresponde a la Junta General:
a) La aprobación y reforma de los estatutos.
b) La elección de los miembros integrantes del órgano de dirección y de su Presidencia
así como la remoción de los mismos por medio de la moción de censura.
c) La aprobación del presupuesto, de las cuentas del colegio y de la gestión del
órgano de dirección.
d) C
 onocer y decidir sobre asuntos que por su especial relevancia así se acuerde por
la mayoría de los colegiados del órgano plenario, así como cualquier otra facultad
que le atribuyan los estatutos.
e) Aprobar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, sus cuentas y liquidaciones,
y una memoria anual que deberá hacerse pública en el primer semestre de cada
año con los contenidos que establece la normativa vigente entre los cuales debe
contenerse el Informe anual de gestión económica, Información agregada y
estadística relativa a quejas y reclamaciones presentadas por los consumidores o
usuarios o sus organizaciones representativas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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