Disposiciones generales. . (2021/200-2)
Decreto-ley 22/2021, de 13 de octubre, por el que se modifica el Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y el Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en relación con las medidas extraordinarias dictadas para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 18 de octubre de 2021
página 91
2. Se sustituye el Anexo III de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que
se modifica el modelo de solicitud y los Anexos II, III, IV y VI dispuestos en el Decretoley 3/2017, de 19 de diciembre, que regula la Renta Mínima de Inserción Social en
Andalucía, por el que se incluye en el presente decreto-ley.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y
Adolescencia de Andalucía.
El apartado 3 del artículo 94 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia
de Andalucía queda modificado como sigue:
«3. Las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en una situación de guarda de
hecho no serán declarados en desamparo si se constata que se les presta la adecuada
atención y no concurren circunstancias que requieran la adopción de medidas de
protección. En estos casos la Entidad Pública lo pondrá en conocimiento del juzgado
correspondiente a los efectos previstos en el artículo 237 del Código Civil.»
Disposición final tercera. Desarrollo y ejecución.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de servicios
sociales para aprobar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, aplicación
y ejecución de lo establecido en este decreto-ley.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Este decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de octubre de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación
Anexo II de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se modifica el modelo
de solicitud y los Anexos II, III, IV y VI dispuestos en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de
diciembre, que regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD DE LA RENTA MÍNIMA
DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA.
Documentación que debe acompañar a toda solicitud:
a) Certificado de que todas las personas integrantes de la unidad familiar se hallan
empadronadas como convivientes en un mismo domicilio, ubicado en cualquier municipio
de Andalucía, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la
solicitud.
b) Documento bancario de la persona solicitante como titular de la cuenta bancaria
donde conste el código IBAN y la entidad bancaria elegida para, en su caso, la liquidación
del pago de la prestación. Dicha cuenta deberá ser coincidente con la existente en el
Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta
de Andalucía y sus entidades instrumentales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200046
Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de
Inserción Social en Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 18 de octubre de 2021
página 91
2. Se sustituye el Anexo III de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que
se modifica el modelo de solicitud y los Anexos II, III, IV y VI dispuestos en el Decretoley 3/2017, de 19 de diciembre, que regula la Renta Mínima de Inserción Social en
Andalucía, por el que se incluye en el presente decreto-ley.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y
Adolescencia de Andalucía.
El apartado 3 del artículo 94 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia
de Andalucía queda modificado como sigue:
«3. Las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en una situación de guarda de
hecho no serán declarados en desamparo si se constata que se les presta la adecuada
atención y no concurren circunstancias que requieran la adopción de medidas de
protección. En estos casos la Entidad Pública lo pondrá en conocimiento del juzgado
correspondiente a los efectos previstos en el artículo 237 del Código Civil.»
Disposición final tercera. Desarrollo y ejecución.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de servicios
sociales para aprobar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, aplicación
y ejecución de lo establecido en este decreto-ley.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Este decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de octubre de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación
Anexo II de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se modifica el modelo
de solicitud y los Anexos II, III, IV y VI dispuestos en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de
diciembre, que regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD DE LA RENTA MÍNIMA
DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA.
Documentación que debe acompañar a toda solicitud:
a) Certificado de que todas las personas integrantes de la unidad familiar se hallan
empadronadas como convivientes en un mismo domicilio, ubicado en cualquier municipio
de Andalucía, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la
solicitud.
b) Documento bancario de la persona solicitante como titular de la cuenta bancaria
donde conste el código IBAN y la entidad bancaria elegida para, en su caso, la liquidación
del pago de la prestación. Dicha cuenta deberá ser coincidente con la existente en el
Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta
de Andalucía y sus entidades instrumentales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200046
Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de
Inserción Social en Andalucía.