Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/198-4)
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, especialidad Desarrollo Agrario y Pesquero de la Junta de Andalucía, para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 406/2019, de 5 de marzo.
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Número 198 - Jueves, 14 de octubre de 2021
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al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y
el no rechazo de la misma.
En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un periodo de tiempo,
el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda y hasta que se
solucione el problema, la Administración, previa acreditación documental de la misma
por las personas afectadas, podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos
en aquellos supuestos específicos que comprometan la interposición de la solicitud
de participación y/o del pago de la tasa en el plazo máximo determinado por esta
convocatoria.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía e irán dirigidas a la persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de
Administración Pública. La no presentación del modelo de solicitud en tiempo y forma
supondrá la exclusión de la persona aspirante.
3. Quienes deseen participar deberán hacer efectiva la tasa de inscripción de 29,49 €,
cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la
convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley
9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de
Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia
Jurídica a Entidades de Derecho Público.
No obstante lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional
vigesimoquinta de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2019, estarán exentos del pago de la tasa por
inscripción en esta convocatoria quienes acrediten haber efectuado el abono de la tasa
para participar en el proceso selectivo convocado para el mismo cuerpo y especialidad
al amparo del Decreto 186/2018, de 2 de octubre, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público correspondiente al año 2018.
El plazo de abono de la citada tasa coincide con el plazo de presentación de la solicitud,
es decir, veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El pago de la correspondiente
tasa se realizará por vía electrónica.
En el caso de que no haya lugar a la exención prevista en este apartado, el pago
electrónico de la tasa se realizará conjuntamente con la presentación electrónica de la
solicitud, detrayéndose automáticamente del importe a pagar la bonificación de 3 euros,
de acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas
Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza.
En el formulario electrónico para el abono de la tasa se consignarán, entre otros,
los siguientes datos: Código Territorial «IA0000» (correspondiente a «Servicios Centrales
IAAP», código del órgano territorial “Instituto Andaluz de Administración Pública», código
de provincia «SS.CC.», código de centro «Servicios Centrales IAAP»); Concepto de pago
«0005» (correspondiente a «IAAP, Inscripción en convocatoria de la Admón de la CA de
Andalucía para selección de personal»).
La falta de acreditación del pago en plazo de la tasa o de encontrarse exento de la
misma determinará la exclusión de la persona solicitante.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
No tendrán que hacer efectiva la tasa de inscripción quienes justifiquen su condición
de persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, mediante la
documentación que acredite su condición de persona con discapacidad emitido por el
órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas, que
adjuntarán en formato electrónico junto con su solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00199865
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 33
al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y
el no rechazo de la misma.
En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un periodo de tiempo,
el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda y hasta que se
solucione el problema, la Administración, previa acreditación documental de la misma
por las personas afectadas, podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos
en aquellos supuestos específicos que comprometan la interposición de la solicitud
de participación y/o del pago de la tasa en el plazo máximo determinado por esta
convocatoria.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía e irán dirigidas a la persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de
Administración Pública. La no presentación del modelo de solicitud en tiempo y forma
supondrá la exclusión de la persona aspirante.
3. Quienes deseen participar deberán hacer efectiva la tasa de inscripción de 29,49 €,
cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la
convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley
9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de
Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia
Jurídica a Entidades de Derecho Público.
No obstante lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional
vigesimoquinta de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2019, estarán exentos del pago de la tasa por
inscripción en esta convocatoria quienes acrediten haber efectuado el abono de la tasa
para participar en el proceso selectivo convocado para el mismo cuerpo y especialidad
al amparo del Decreto 186/2018, de 2 de octubre, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público correspondiente al año 2018.
El plazo de abono de la citada tasa coincide con el plazo de presentación de la solicitud,
es decir, veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El pago de la correspondiente
tasa se realizará por vía electrónica.
En el caso de que no haya lugar a la exención prevista en este apartado, el pago
electrónico de la tasa se realizará conjuntamente con la presentación electrónica de la
solicitud, detrayéndose automáticamente del importe a pagar la bonificación de 3 euros,
de acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas
Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza.
En el formulario electrónico para el abono de la tasa se consignarán, entre otros,
los siguientes datos: Código Territorial «IA0000» (correspondiente a «Servicios Centrales
IAAP», código del órgano territorial “Instituto Andaluz de Administración Pública», código
de provincia «SS.CC.», código de centro «Servicios Centrales IAAP»); Concepto de pago
«0005» (correspondiente a «IAAP, Inscripción en convocatoria de la Admón de la CA de
Andalucía para selección de personal»).
La falta de acreditación del pago en plazo de la tasa o de encontrarse exento de la
misma determinará la exclusión de la persona solicitante.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
No tendrán que hacer efectiva la tasa de inscripción quienes justifiquen su condición
de persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, mediante la
documentación que acredite su condición de persona con discapacidad emitido por el
órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas, que
adjuntarán en formato electrónico junto con su solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00199865
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía