Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/198-4)
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, especialidad Desarrollo Agrario y Pesquero de la Junta de Andalucía, para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 406/2019, de 5 de marzo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 14 de octubre de 2021
página 32

Tercera. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las personas interesadas en participar deberán cumplimentar la correspondiente
solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial publicado como Anexo II (modelo
de solicitud) de la presente resolución.
Identificarán en su solicitud de forma inequívoca el área temática y orientación a la que
optan, sin que ningún aspirante pueda concurrir a más de un área temática y orientación
dentro de esta convocatoria.
Además del Anexo II, cada persona aspirante deberá cumplimentar el Anexo III
(relación de méritos), en el que se especificarán los méritos alegados según cada uno
de los apartados del baremo, así como la documentación en formato electrónico que se
adjunta para su acreditación. La documentación deberá ir ordenada y numerada según
el orden en que se citan los méritos en el Anexo I (baremo de méritos). La comisión
de selección, en cualquier momento del proceso selectivo, podrá solicitar de la persona
aspirante el original de aquellos documentos cuya autenticidad resulte dudosa.
Los Anexos II y III estarán disponibles para su cumplimentación en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública
www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica
La presentación de las solicitudes y relación de méritos (Anexos II y III) se realizará de
manera electrónica, conforme a lo dispuesto por el artículo 13.1 del Decreto-ley 27/2020,
de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas
medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19).
La presentación electrónica se realizará ante el Registro Electrónico Único de la
Administración de la Junta de Andalucía, al que se podrá acceder desde la página web
del Instituto Andaluz de Administración Pública
www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica
En la citada página figurará el procedimiento detallado para la presentación de la
solicitud, así como las respuestas a las preguntas más frecuentes formuladas sobre la
tramitación.
La solicitud presentada ante el Registro Electrónico Único de la Administración de la
Junta de Andalucía no podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que pueda
presentarse una nueva solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las
personas solicitantes, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo y especialidad a que se aspira.
1.5. No haber sido separado/-a, mediante expediente disciplinario, del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del
cuerpo y especialidad convocado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/-a o en situación
equivalente ni haber sido sometido/-a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario
de carrera.
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en
el apartado 4 de la base octava y haber abono la correspondiente tasa conforme a lo
establecido en el apartado 3 de la base tercera de esta convocatoria.