Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/198-4)
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, especialidad Desarrollo Agrario y Pesquero de la Junta de Andalucía, para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 406/2019, de 5 de marzo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 14 de octubre de 2021
página 38

Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Finalizada la exposición oral y pública de la fase de concurso, así como el examen,
comprobación y calificación de los méritos alegados y acreditados por la persona
aspirante, se publicará por la comisión de selección la relación provisional de personas
aspirantes que hayan superado la fase de concurso, con expresión de las calificaciones
obtenidas según los distintos apartados del baremo, en los lugares a que se refiere el
apartado 3 de la base primera.
Contra estas listas podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter
de recurso, ante la comisión de selección, en el plazo de 10 días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de las mismas, trámite que deberá realizarse
mediante la utilización de medios electrónicos, ante el Registro Electrónico Único de la
Junta de Andalucía, al que se podrá acceder desde la página web del Instituto Andaluz de
Administración Pública
www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica
y en el que deberá aportarse en formato electrónico la documentación acreditativa, en su
caso.
Transcurrido el plazo referido en el punto anterior y resueltas las alegaciones en su
caso presentadas, la comisión de selección publicará, en los mismos lugares previstos en
el apartado 3 de la base primera, la relación definitiva de personas aspirantes que hayan
superado la fase de concurso, con expresión de las calificaciones obtenidas según los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00199865

La puntuación final de cada persona aspirante en la fase de concurso vendrá
determinada por la suma del valor medio de las puntuaciones asignadas en cada uno
de los apartados del baremo, siendo necesario alcanzar 22 puntos, como mínimo, para
pasar a la fase de oposición.
5. La fase de oposición constará de tres ejercicios de carácter eliminatorio y se regirá
por lo previsto en el Anexo I. Los ejercicios a realizar son, por este orden:
a) Prueba de conocimiento a nivel técnico-profesional de idioma extranjero.
b) Exposición oral y pública por la persona aspirante de su visión del estado actual
del área temática y orientación propia de la plaza convocada, así como de sus posibles
líneas de evolución.
c) Presentación y defensa de un proyecto.
6. La fase de oposición tendrá una valoración máxima de 56 puntos.
La calificación de las personas aspirantes en cada uno de los ejercicios en que
consiste la fase de oposición se hará en la forma prevista en el Anexo I, mediante
deliberación conjunta de las personas miembros de la comisión de selección. La
puntuación correspondiente será la media de las puntuaciones asignadas por cada una
de las personas integrantes de la comisión de selección, excluidas la puntuación más alta
y la más baja y sin que, en ningún caso, pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
Calificados los tres ejercicios, para obtener la puntuación final de la fase de oposición,
se sumarán las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
7. La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 100 puntos y vendrá
determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la fase de
oposición, sin que la puntuación obtenida en la fase de concurso pueda ser aplicada para
superar la de oposición.
8. Tanto en la fase de concurso como en la fase de oposición, las personas aspirantes
podrán solicitar, con carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales que
precisen para su exposición.
Por su parte, para las personas con discapacidad que lo soliciten, se establecerán, de
acuerdo con el apartado 4 de la base tercera, las adaptaciones necesarias de tiempo y
medios para su realización.