3. Otras disposiciones. . (2021/190-17)
Orden de 27 de septiembre de 2021, por la que se dispone la finalización del procedimiento urbanístico de tramitación del Plan Especial del Sistema General Aeroportuario de Málaga, en los términos municipales de Málaga y Alhaurín de la Torre (Málaga).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 190 - Viernes, 1 de octubre de 2021
página 353
De acuerdo con esta normativa los instrumentos de planeamiento cuya Evaluación
Ambiental Estratégica se inició con posterioridad a la entrada en vigor del Decretoley 3/2015, de 3 de marzo, y la Ley 3/2015 de 29 de diciembre, habrían de sujetar su
tramitación al nuevo procedimiento contemplado en el artículo 40 de la Ley 7/2007, de 9
de julio, de Gestión Integrada de Calidad Ambiental.
Con posterioridad y a través de la Ley 6/2016, de 1 de agosto, por la que se modifica
la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se estableció
una regulación específica, que añadió una nueva disposición adicional tercera a la Ley
3/2015, de 29 de diciembre.
Quinto. Como consecuencia de lo expuesto anteriormente, con fecha 8 de agosto
de 2017, el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial emitió informe,
tras realizar consulta a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, en el
que se concluyó que el plan especial del sistema general aeroportuario de Málaga debía
someterse, en aplicación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, y de la antes citada Instrucción
Conjunta, a un procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria.
Sexto. Mediante resolución de 14 de marzo de 2019, de la Delegación Territorial de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de
Málaga se aprobó provisionalmente el Plan Especial del Sistema General Aeroportuario
de Málaga, tercera aprobación provisional.
El 16 de noviembre de 2020 la Delegación Territorial en Málaga, de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, emitió propuesta de Declaración
Ambiental Estratégica, dando trasladado de la misma al Servicio de Urbanismo de la
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Séptimo. Puesto que la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Especial del
Sistema General Aeroportuario de Málaga estaba aún en trámite, de acuerdo con el
procedimiento establecido en la Disposición adicional tercera de la Ley 3/2015, de 29
de diciembre, y no disponía de la correspondiente Declaración Ambiental Estratégica,
mediante resolución de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga,
de fecha 10 de mayo de 2021, se ha declarado la finalización del procedimiento de
Evaluación Ambiental Estratégica relativa al Plan Especial y se ha procedido al archivo del
expediente, conforme al artículo 2 del Decreto-ley 31/2020, de 1 de diciembre, que regula
medidas extraordinarias y urgentes en materia de evaluación ambiental estratégica de
determinados instrumentos de planeamiento urbanístico y para impulsar la realización de
proyectos de absorción de emisiones en Andalucía, así como de apoyo económico a las
entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche, y
centro de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. De conformidad con el artículo 4.3.d) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por
el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00199192
Octavo. El 2 de septiembre de 2021 se ha emitido informe-propuesta, de la Dirección
General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de poner fin al procedimiento de
tramitación urbanística del Plan Especial del Sistema General Aeroportuario de Málaga,
declararlo concluso y acordar el archivo del mismo, por imposibilidad material de continuar
la tramitación de este al no poder emitirse resolución sobre la aprobación definitiva del
plan, por causas sobrevenidas.
BOJA
Número 190 - Viernes, 1 de octubre de 2021
página 353
De acuerdo con esta normativa los instrumentos de planeamiento cuya Evaluación
Ambiental Estratégica se inició con posterioridad a la entrada en vigor del Decretoley 3/2015, de 3 de marzo, y la Ley 3/2015 de 29 de diciembre, habrían de sujetar su
tramitación al nuevo procedimiento contemplado en el artículo 40 de la Ley 7/2007, de 9
de julio, de Gestión Integrada de Calidad Ambiental.
Con posterioridad y a través de la Ley 6/2016, de 1 de agosto, por la que se modifica
la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se estableció
una regulación específica, que añadió una nueva disposición adicional tercera a la Ley
3/2015, de 29 de diciembre.
Quinto. Como consecuencia de lo expuesto anteriormente, con fecha 8 de agosto
de 2017, el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial emitió informe,
tras realizar consulta a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, en el
que se concluyó que el plan especial del sistema general aeroportuario de Málaga debía
someterse, en aplicación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, y de la antes citada Instrucción
Conjunta, a un procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria.
Sexto. Mediante resolución de 14 de marzo de 2019, de la Delegación Territorial de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de
Málaga se aprobó provisionalmente el Plan Especial del Sistema General Aeroportuario
de Málaga, tercera aprobación provisional.
El 16 de noviembre de 2020 la Delegación Territorial en Málaga, de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, emitió propuesta de Declaración
Ambiental Estratégica, dando trasladado de la misma al Servicio de Urbanismo de la
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Séptimo. Puesto que la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Especial del
Sistema General Aeroportuario de Málaga estaba aún en trámite, de acuerdo con el
procedimiento establecido en la Disposición adicional tercera de la Ley 3/2015, de 29
de diciembre, y no disponía de la correspondiente Declaración Ambiental Estratégica,
mediante resolución de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga,
de fecha 10 de mayo de 2021, se ha declarado la finalización del procedimiento de
Evaluación Ambiental Estratégica relativa al Plan Especial y se ha procedido al archivo del
expediente, conforme al artículo 2 del Decreto-ley 31/2020, de 1 de diciembre, que regula
medidas extraordinarias y urgentes en materia de evaluación ambiental estratégica de
determinados instrumentos de planeamiento urbanístico y para impulsar la realización de
proyectos de absorción de emisiones en Andalucía, así como de apoyo económico a las
entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche, y
centro de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. De conformidad con el artículo 4.3.d) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por
el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00199192
Octavo. El 2 de septiembre de 2021 se ha emitido informe-propuesta, de la Dirección
General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de poner fin al procedimiento de
tramitación urbanística del Plan Especial del Sistema General Aeroportuario de Málaga,
declararlo concluso y acordar el archivo del mismo, por imposibilidad material de continuar
la tramitación de este al no poder emitirse resolución sobre la aprobación definitiva del
plan, por causas sobrevenidas.