Disposiciones generales. . (2021/188-3)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se suspende, en la temporada 2020-2021, la recogida nocturna de aceituna en olivares superintensivos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 188 - Miércoles, 29 de septiembre de 2021
página 15
la Resolución de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
por la que se suspendió en la temporada 2020-2021 la recogida nocturna de aceituna en
olivares superintensivos por posible daño a las aves silvestres.
Sexto. Resulta conveniente el desarrollo de estudios que permitan conocer realmente
los posibles efectos que la recolección nocturna de la aceituna en el olivar superintensivo
pudiera tener sobre las aves migratorias y de ensayos que evalúen si existen o no
alternativas o métodos que pudieran hacer compatible esta práctica agraria con la
conservación de la biodiversidad, para en su caso, reconsiderar las acciones preventivas
adoptadas. A tal efecto, de acuerdo con la Resolución de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de 8 de octubre de 2019, el Instituto de Investigación y
Formación Agraria y Pesquera (IFAPA) ha desarrollado, a petición de la Secretaría
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el proyecto denominado «Impacto de la
recolección mecanizada nocturna de olivar en seto sobre la avifauna». En el desarrollo de
ese proyecto han participado además, la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía
(AMAYA) y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA). El proyecto
ejecutó sus trabajos durante la campaña de recogida de la aceituna 2019-2020.
Los resultados más significativos pueden sintetizarse de la forma siguiente:
- Durante la ejecución del proyecto realizaron un total de 44 controles de campo en
un total de 137 hectáreas representativas del olivar en seto actualmente en producción en
Andalucía. Se han avistado un total de 8.127 aves de 66 especies diferentes.
- Estos estudios demuestran que los olivares en seto albergan una importante
avifauna, similar en número de especies y cantidad a la de otros sistemas de cultivo de
olivar tradicional. Este resultado es muy importante, ya que permite poner en valor los
nuevos sistemas de cultivo intensivos y en seto como hábitats de gran importancia desde
el punto de vista de la avifauna.
- Se ha determinado que la recolección nocturna en olivares en seto ha producido
efectos negativos sobre determinadas especies de aves y que estos efectos no se han
reducido con medidas disuasorias que se han experimentado hasta ahora. No obstante,
en el 30% de la superficie controlada dichos efectos han sido nulos o muy bajos.
Séptimo. Por tanto, teniendo en cuenta estos efectos producidos sobre la avifauna, con
el objeto de continuar mejorando las prácticas agrícolas compatibilizando la conservación
de la biodiversidad agrícola, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en las
Directivas sobre aves y hábitats, procede tomar acciones para evitar estos efectos.
Octavo. No obstante, en función de la aparición de tecnología apropiada, se podrán
realizar nuevos ensayos que evalúen si existen posibles alternativas o métodos que
pudieran hacer compatible esta práctica agraria con la conservación de la biodiversidad
y de la avifauna en particular, para en su caso, reconsiderar la suspensión de cosecha
nocturna en olivar superintensivo y en setos.
Primero. El artículo 2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad, establece, como principios inspiradores de la norma, la utilización
ordenada de los recursos para garantizar el aprovechamiento sostenible del patrimonio
natural, en particular, de las especies y de los ecosistemas, su conservación, restauración
y mejora y evitar la pérdida neta de biodiversidad. Asimismo, establece la integración de los
requisitos de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198973
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 188 - Miércoles, 29 de septiembre de 2021
página 15
la Resolución de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
por la que se suspendió en la temporada 2020-2021 la recogida nocturna de aceituna en
olivares superintensivos por posible daño a las aves silvestres.
Sexto. Resulta conveniente el desarrollo de estudios que permitan conocer realmente
los posibles efectos que la recolección nocturna de la aceituna en el olivar superintensivo
pudiera tener sobre las aves migratorias y de ensayos que evalúen si existen o no
alternativas o métodos que pudieran hacer compatible esta práctica agraria con la
conservación de la biodiversidad, para en su caso, reconsiderar las acciones preventivas
adoptadas. A tal efecto, de acuerdo con la Resolución de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de 8 de octubre de 2019, el Instituto de Investigación y
Formación Agraria y Pesquera (IFAPA) ha desarrollado, a petición de la Secretaría
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el proyecto denominado «Impacto de la
recolección mecanizada nocturna de olivar en seto sobre la avifauna». En el desarrollo de
ese proyecto han participado además, la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía
(AMAYA) y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA). El proyecto
ejecutó sus trabajos durante la campaña de recogida de la aceituna 2019-2020.
Los resultados más significativos pueden sintetizarse de la forma siguiente:
- Durante la ejecución del proyecto realizaron un total de 44 controles de campo en
un total de 137 hectáreas representativas del olivar en seto actualmente en producción en
Andalucía. Se han avistado un total de 8.127 aves de 66 especies diferentes.
- Estos estudios demuestran que los olivares en seto albergan una importante
avifauna, similar en número de especies y cantidad a la de otros sistemas de cultivo de
olivar tradicional. Este resultado es muy importante, ya que permite poner en valor los
nuevos sistemas de cultivo intensivos y en seto como hábitats de gran importancia desde
el punto de vista de la avifauna.
- Se ha determinado que la recolección nocturna en olivares en seto ha producido
efectos negativos sobre determinadas especies de aves y que estos efectos no se han
reducido con medidas disuasorias que se han experimentado hasta ahora. No obstante,
en el 30% de la superficie controlada dichos efectos han sido nulos o muy bajos.
Séptimo. Por tanto, teniendo en cuenta estos efectos producidos sobre la avifauna, con
el objeto de continuar mejorando las prácticas agrícolas compatibilizando la conservación
de la biodiversidad agrícola, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en las
Directivas sobre aves y hábitats, procede tomar acciones para evitar estos efectos.
Octavo. No obstante, en función de la aparición de tecnología apropiada, se podrán
realizar nuevos ensayos que evalúen si existen posibles alternativas o métodos que
pudieran hacer compatible esta práctica agraria con la conservación de la biodiversidad
y de la avifauna en particular, para en su caso, reconsiderar la suspensión de cosecha
nocturna en olivar superintensivo y en setos.
Primero. El artículo 2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad, establece, como principios inspiradores de la norma, la utilización
ordenada de los recursos para garantizar el aprovechamiento sostenible del patrimonio
natural, en particular, de las especies y de los ecosistemas, su conservación, restauración
y mejora y evitar la pérdida neta de biodiversidad. Asimismo, establece la integración de los
requisitos de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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