3. Otras disposiciones. . (2021/185-18)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CTOTU de 5 de julio de 2021, referente a la Modificación Puntual del PGOU de Conil de la Frontera (Cádiz) que se cita.
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Número 185 - Viernes, 24 de septiembre de 2021
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recogida de restos de todo tipo que pudieran haber quedado acumulados (áridos, restos
de materiales, basuras de obra o vertidos por ajenos) y se trasladarán a vertedero.
21. En la gestión y planificación de los residuos generados, tanto los sólidos
urbanos como los tóxicos y peligrosos, se tendrán en cuenta las directrices del Plan
Director Territorial de Gestión de Residuos Urbanos de Andalucía, el Plan de Gestión y
Aprovechamiento de escombros de la provincia de Cádiz y el Plan Andaluz de Residuos
Peligrosos.
22. La recogida de los residuos sólidos urbanos se llevará a cabo de una manera
selectiva.
23. Los residuos generados durante la construcción de las distintas edificaciones se
destinarán preferentemente, y por este orden a operaciones de reutilización, reciclado o a
otras formas de valorización.
24. Los residuos de construcción y demolición generados durante la fase de
construcción se gestionarán siguiendo lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1
de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción
y demolición, en este sentido, deberá tenerse en cuenta que está prohibido el depósito
en vertedero de este tipo de residuos cuando no hayan sido tratados previamente. Estos
residuos se destinarán preferentemente y por este orden a operaciones de reutilización,
reciclado o a otras formas de valorización.
25. Si procede, deberá tenerse en cuenta la reserva de espacios para la ubicación de
contenedores de residuos urbanos, aptos para la recogida selectiva de residuos. Deberán
segregarse los residuos en función de su naturaleza y entregarse separados a empresas
gestoras autorizadas para su tratamiento. Para ello, se ubicarán suficientes contenedores
móviles para posibilitar la recogida selectiva de la totalidad de los residuos generados.
26. En caso de producirse residuos industriales, éstos serán recogidos por gestores
autorizados. No obstante, dado el tipo de actividad que se va a desarrollar, se considera
que la generación de residuos de tipo industrial será prácticamente nula.
B) Factores bióticos.
Fauna y flora.
27. En la zona de obras clasificada como suelo urbano de uso industrial las
formaciones vegetales y pies arbóreos son inexistentes, por lo que no será preciso tomar
medidas específicas en este sentido.
28. La nueva zona verde recogerá medidas de protección sobre la fauna y la
vegetación autóctona mediante la utilización de especies típicas de la zona.
C) Medio perceptual:
29. Durante el desarrollo de los trabajos se deberá mantener, dentro de lo posible,
un orden en la disposición de los materiales existentes en la obra, para evitar que se
produzcan impactos paisajísticos no previstos.
30. Como recomendación general, el diseño de las distintas edificaciones a construir
tendrá en cuenta la posibilidad de minimización de impactos sobre el medio adoptando:
- Un máximo aprovechamiento de las superficies de los terrenos, adoptando una
ubicación óptima de la parcela a edificar con respecto a las posibles opciones que ofrecen
los terrenos.
- Mantener un impacto paisajístico mínimo. Las construcciones que vayan a
desarrollarse se adaptarán lo máximo posible al medio circundante, para disminuir el
impacto paisajístico sobre el entorno.
- La orientación de los volúmenes de las edificaciones se diseñará en relación con
las características del terreno y del paisaje circundante teniendo en cuenta los accesos y
puntos de vista más probables.
- Las nuevas edificaciones tendrán un diseño apropiado, en cuanto a materiales,
cubiertas, colores y alturas acordes en todo momento al entorno en que se ubica, para
favorecer su integración paisajística.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198717
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 155
recogida de restos de todo tipo que pudieran haber quedado acumulados (áridos, restos
de materiales, basuras de obra o vertidos por ajenos) y se trasladarán a vertedero.
21. En la gestión y planificación de los residuos generados, tanto los sólidos
urbanos como los tóxicos y peligrosos, se tendrán en cuenta las directrices del Plan
Director Territorial de Gestión de Residuos Urbanos de Andalucía, el Plan de Gestión y
Aprovechamiento de escombros de la provincia de Cádiz y el Plan Andaluz de Residuos
Peligrosos.
22. La recogida de los residuos sólidos urbanos se llevará a cabo de una manera
selectiva.
23. Los residuos generados durante la construcción de las distintas edificaciones se
destinarán preferentemente, y por este orden a operaciones de reutilización, reciclado o a
otras formas de valorización.
24. Los residuos de construcción y demolición generados durante la fase de
construcción se gestionarán siguiendo lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1
de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción
y demolición, en este sentido, deberá tenerse en cuenta que está prohibido el depósito
en vertedero de este tipo de residuos cuando no hayan sido tratados previamente. Estos
residuos se destinarán preferentemente y por este orden a operaciones de reutilización,
reciclado o a otras formas de valorización.
25. Si procede, deberá tenerse en cuenta la reserva de espacios para la ubicación de
contenedores de residuos urbanos, aptos para la recogida selectiva de residuos. Deberán
segregarse los residuos en función de su naturaleza y entregarse separados a empresas
gestoras autorizadas para su tratamiento. Para ello, se ubicarán suficientes contenedores
móviles para posibilitar la recogida selectiva de la totalidad de los residuos generados.
26. En caso de producirse residuos industriales, éstos serán recogidos por gestores
autorizados. No obstante, dado el tipo de actividad que se va a desarrollar, se considera
que la generación de residuos de tipo industrial será prácticamente nula.
B) Factores bióticos.
Fauna y flora.
27. En la zona de obras clasificada como suelo urbano de uso industrial las
formaciones vegetales y pies arbóreos son inexistentes, por lo que no será preciso tomar
medidas específicas en este sentido.
28. La nueva zona verde recogerá medidas de protección sobre la fauna y la
vegetación autóctona mediante la utilización de especies típicas de la zona.
C) Medio perceptual:
29. Durante el desarrollo de los trabajos se deberá mantener, dentro de lo posible,
un orden en la disposición de los materiales existentes en la obra, para evitar que se
produzcan impactos paisajísticos no previstos.
30. Como recomendación general, el diseño de las distintas edificaciones a construir
tendrá en cuenta la posibilidad de minimización de impactos sobre el medio adoptando:
- Un máximo aprovechamiento de las superficies de los terrenos, adoptando una
ubicación óptima de la parcela a edificar con respecto a las posibles opciones que ofrecen
los terrenos.
- Mantener un impacto paisajístico mínimo. Las construcciones que vayan a
desarrollarse se adaptarán lo máximo posible al medio circundante, para disminuir el
impacto paisajístico sobre el entorno.
- La orientación de los volúmenes de las edificaciones se diseñará en relación con
las características del terreno y del paisaje circundante teniendo en cuenta los accesos y
puntos de vista más probables.
- Las nuevas edificaciones tendrán un diseño apropiado, en cuanto a materiales,
cubiertas, colores y alturas acordes en todo momento al entorno en que se ubica, para
favorecer su integración paisajística.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198717
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