3. Otras disposiciones. . (2021/185-19)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión de los recursos humanos de determinados municipios con población entre 5.000 y 20.000 habitantes: Cartaya, Santa Fe, Torredelcampo y Torrox. Ejercicio 2017.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 185 - Viernes, 24 de septiembre de 2021
página 169

El TS en sentencia de 30 de mayo de 2007 (Rec 15/2005) señaló en relación con el contrato
indefinido no fijo (por sentencia judicial) que “la entidad debe proveer la plaza ocupada a través
de los cauces pertinentes; en caso contrario debiera proceder a su amortización. Cuanto más
tiempo persista la plaza sin ser convocada mayor es el incumplimiento del empleador”.
17

Junto a la categoría anterior destaca otro grupo de empleados, más numeroso, que sin contar
con una resolución judicial declarativa de su situación, sus relaciones en apariencia de carácter
laboral temporal resultan materialmente indefinidas que no fijas, por las distintas circunstancias
que en ellas se observan (utilización inadecuada de la modalidad contractual o concatenación de
contratos excediendo el plazo máximo temporal previsto en la norma).
Se van a incluir en este grupo aquellos empleados cuya condición de indefinido no fijo se ha
reconocido por el propio Ayuntamiento de oficio, a instancias de una reclamación planteada por
aquél, o a resultas de una inspección de trabajo.
En los ayuntamientos analizados el número de estos empleados, de acuerdo con la información
por ellos facilitada y el trabajo realizado, figura en el cuadro nº 3.
Ayto.

Nº empleados laborales indefinidos
Sin sentencia judicial

Cartaya

104

Santa Fe

17

Torredelcampo

76

Torrox

5

Fuente: elaborado por la CCA

Cuadro nº 3

18

Ninguno de los ayuntamientos en el ejercicio 2017, hizo uso de los procedimientos de
estabilización del empleo temporal contemplados en el artículo 19.6 de la Ley 3/2017 de PGE,
referidos a las plazas de naturaleza estructural que encontrándose dotadas
presupuestariamente, hubieran estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos
en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016; así como a aquéllas otras que, en los
términos señalados en la Disposición Transitoria cuarta del TREBEP, estuvieran dotadas
presupuestariamente y ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal desde una fecha
anterior al 1 de enero de 2005.

19

En el Ayuntamiento de Torrox hay 17 funcionarios interinos, nombrados al amparo del artículo
10.1.a) del TREBEP, cuyas plazas no se han incluido en la oferta pública de empleo en el plazo
previsto en el artículo 10.4 del TREBEP.
En el cuadro nº 4 se ofrece información sobre la antigüedad de estos empleados como
funcionarios interinos en la corporación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00198701

En el Ayuntamiento de Cartaya este colectivo representa el 57,33% y en Torredelcampo el 65%
del total de los recursos humanos dedicados a satisfacer las necesidades de carácter
permanente, a 31 de diciembre de 2017.