3. Otras disposiciones. . (2021/183-13)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Martos (Jaén). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 118
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La Entidad local se muestra conforme con lo manifestado en el informe provisional y no plantea
ninguna objeción. Se indica que, en la actualidad, se encuentra inmersa en los procesos de estabilización/consolidación del empleo temporal de aquellos (51) trabajadores clasificados como
indefinidos no fijos, que en la actualidad ascienden a 47 trabajadores pues, desde 2018, se han
jubilado varios de ellos.
ALEGACIÓN Nº 9, FUNDAMENTO OPINIÓN DE LEGALIDAD CON SALVEDADES (PARÁGRAFO
31) ALEGACIÓN NO ADMITIDA
Respecto a este punto, la Secretaria Accidental pone de manifiesto en su informe que, en el informe provisional de la Cámara de Cuentas, en su punto 31 párrafo primero in fine, se dice que
“Estos empleados tampoco disponen de puesto de trabajo en la RPT aprobada por la Corporación.”, debiéndose tener en cuenta que en la actualidad se está llevando a cabo una nueva redacción de la RPT donde se incluirán los puestos realmente existentes en esta organización.
Y más tarde, en ese mismo punto párrafo segundo in fine “Se han aprobado dos ofertas públicas
de empleo en los ejercicios 2019 y 2020 pero estas no recogen el total de las plazas necesarias
para regularizar la situación de todos los trabajadores que se encuentran en situación irregular.
La corporación debe ofertar las plazas necesarias para su adecuada cobertura o, en su caso, proceder a la amortización de los puestos.
Respecto a la situación que se describe del año 2018 y desde entonces este Ayuntamiento ha ido
incluyendo en las plantillas presupuestarias, dotando y creando plazas de tal modo que para este
2021 existen dotadas presupuestariamente y vacantes 58 respecto de las 23 que existían en 2018,
por lo que este Ayuntamiento a día de hoy dispone del número de plazas necesarias para dar
cobertura legal a todos los trabajadores que de forma permanente vienen realizando tareas estructurales (se adjunta copia en el informe de la Secretaria).
Se incluyen en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria correspondiente al año 2019, un total
de 19 plazas y Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2020 un total de 39 plazas ofertadas, (se excluye del cómputo la de oficial de policía local) por lo que sí recogen el total de las
plazas necesarias para regularizar la situación de todos los trabajadores que se encuentran en
situación irregular.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
00198571
La alegación presentada por la Entidad Local no contradice lo expuesto en el informe provisional.
Describe la situación actual pues, según señalan, desde 2019 el Ayuntamiento ha ido incluyendo
en las plantillas presupuestarias nuevas plazas, para que en 2021 existan 58 plazas vacantes, con
las que se podría dar cobertura a esa situación irregular de algunos trabajadores de la Corporación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 118
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La Entidad local se muestra conforme con lo manifestado en el informe provisional y no plantea
ninguna objeción. Se indica que, en la actualidad, se encuentra inmersa en los procesos de estabilización/consolidación del empleo temporal de aquellos (51) trabajadores clasificados como
indefinidos no fijos, que en la actualidad ascienden a 47 trabajadores pues, desde 2018, se han
jubilado varios de ellos.
ALEGACIÓN Nº 9, FUNDAMENTO OPINIÓN DE LEGALIDAD CON SALVEDADES (PARÁGRAFO
31) ALEGACIÓN NO ADMITIDA
Respecto a este punto, la Secretaria Accidental pone de manifiesto en su informe que, en el informe provisional de la Cámara de Cuentas, en su punto 31 párrafo primero in fine, se dice que
“Estos empleados tampoco disponen de puesto de trabajo en la RPT aprobada por la Corporación.”, debiéndose tener en cuenta que en la actualidad se está llevando a cabo una nueva redacción de la RPT donde se incluirán los puestos realmente existentes en esta organización.
Y más tarde, en ese mismo punto párrafo segundo in fine “Se han aprobado dos ofertas públicas
de empleo en los ejercicios 2019 y 2020 pero estas no recogen el total de las plazas necesarias
para regularizar la situación de todos los trabajadores que se encuentran en situación irregular.
La corporación debe ofertar las plazas necesarias para su adecuada cobertura o, en su caso, proceder a la amortización de los puestos.
Respecto a la situación que se describe del año 2018 y desde entonces este Ayuntamiento ha ido
incluyendo en las plantillas presupuestarias, dotando y creando plazas de tal modo que para este
2021 existen dotadas presupuestariamente y vacantes 58 respecto de las 23 que existían en 2018,
por lo que este Ayuntamiento a día de hoy dispone del número de plazas necesarias para dar
cobertura legal a todos los trabajadores que de forma permanente vienen realizando tareas estructurales (se adjunta copia en el informe de la Secretaria).
Se incluyen en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria correspondiente al año 2019, un total
de 19 plazas y Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2020 un total de 39 plazas ofertadas, (se excluye del cómputo la de oficial de policía local) por lo que sí recogen el total de las
plazas necesarias para regularizar la situación de todos los trabajadores que se encuentran en
situación irregular.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
00198571
La alegación presentada por la Entidad Local no contradice lo expuesto en el informe provisional.
Describe la situación actual pues, según señalan, desde 2019 el Ayuntamiento ha ido incluyendo
en las plantillas presupuestarias nuevas plazas, para que en 2021 existan 58 plazas vacantes, con
las que se podría dar cobertura a esa situación irregular de algunos trabajadores de la Corporación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja