3. Otras disposiciones. . (2021/182-14)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba el régimen de funcionamiento y delegación de competencias del Consejo de Dirección de la Universidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Martes, 21 de septiembre de 2021
página 141

Artículo 10. Vicerrectorado de Universidad Digital y Campus Sostenible.
1. Corresponde al Vicerrectorado de Universidad Digital y Campus Sostenible:
a) Desarrollar y mantener los servicios informáticos y telemáticos de la Universidad,
así como de la red propia de Aularios Informáticos.
b) Fomentar el desarrollo, mediante herramientas informáticas, de las comunicaciones
y la difusión de la información entre toda la comunidad universitaria para el apoyo al
estudio, la docencia, la investigación y la gestión.
c) Velar por la seguridad tanto de las comunicaciones telemáticas como de los
sistemas y servicios informáticos.
d) Coordinar la difusión e implantación de sistemas de software libre y conocimiento
abierto.
e) Promover el uso de las tecnologías como recursos didácticos en el proceso de
enseñanza-aprendizaje.
f) Gestionar el Campus Virtual.
g) Racionalizar y planificar el desarrollo urbanístico y las infraestructuras de la
Universidad.
h) Coordinar y supervisar el estado de las infraestructuras y el uso de los espacios en
los distintos campus de la Universidad.
i) Coordinar y supervisar las obras mayores y menores hasta su puesta en
funcionamiento.
j) Facilitar el equipamiento en general de los diferentes órganos y servicios de la
Universidad.
k) Custodiar el archivo de los planos y memorias que definen los edificios existentes
y actualizar los datos de superficies y ocupación, sin perjuicio de su incorporación al
Archivo de la Universidad.
l) Diseñar un plan global de seguridad de los bienes muebles e inmuebles de la
Universidad de Huelva.
m) Expedir cuantos documentos y certificaciones le sean requeridos sobre las
materias de su competencia.
n) Promover y gestionar la adopción de prácticas medioambientales sostenibles.
2. Quedan adscritas a este Vicerrectorado las siguientes Direcciones:
a) La Dirección de Informática y Comunicaciones.
b) La Dirección de Planificación de Infraestructuras y Sostenibilidad.
c) La Dirección de Enseñanza Virtual.
d) La Dirección de Estrategia Digital.
e) La Subdirección de Enseñanza Virtual.
3. Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Universidad Digital y Campus
Sostenible las siguientes competencias de la Rectora:
a) Firmar los diplomas correspondientes a los cursos de la competencia del
Vicerrectorado.
b) Expedir cuantos documentos y certificaciones le sean requeridos sobre las materias
propias de su competencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00198501

d) La Dirección del Servicio de Cultura.
e) La Dirección del Museo Pedagógico de la Universidad de Huelva.
3. Queda adscrita a la competencia de este Vicerrectorado la Comisión de Extensión
Universitaria.
4. Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Proyección Social y
Universitaria las siguientes competencias de la Rectora:
a) Firmar los diplomas correspondientes a los cursos y actividades de la competencia
del Vicerrectorado.
b) Firmar las solicitudes de subvenciones correspondientes a las materias propias del
Vicerrectorado y aceptar su concesión, salvo que impliquen una aportación económica
de la Universidad de Huelva.