3. Otras disposiciones. . (2021/182-14)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba el régimen de funcionamiento y delegación de competencias del Consejo de Dirección de la Universidad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Martes, 21 de septiembre de 2021
página 135
Artículo 3. Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.
1. Corresponde al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia:
a) Programar y fomentar la investigación y transferencia.
b) Elaborar la Memoria de Investigación.
c) Elaborar las políticas de financiación propia de la investigación y la transferencia.
d) Gestionar las ayudas a la investigación de los Programas Europeos, Nacionales,
Autonómicos y Propios, así como apoyar al profesorado en la elaboración y control
posterior de los mismos.
e) Gestionar la participación de la Universidad de Huelva en los Campus de Excelencia.
f) Promover las relaciones en materia de investigación de la Universidad de Huelva
con el sector empresarial y transferir los resultados de la investigación.
g) Crear, mantener y actualizar la base de datos del personal investigador y elaborar
la oferta tecnológica de los grupos de investigación.
h) Gestionar la adquisición y uso de infraestructura científica de uso común.
i) Promover la creación, desarrollo y actividad de Centros o Institutos de Investigación
de la Universidad.
j) Coordinar las Direcciones de Centros e Institutos de Investigación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198501
g) Impulsar la regulación de los sistemas de gestión de la calidad implantados en
la Universidad e impulsar el proceso de seguimiento y renovación de la acreditación de
planes de estudios de titulaciones oficiales.
h) Estimular una universidad saludable y comprometida con el objetivo ODS 3 de
salud y bienestar.
i) Consolidar una universidad inclusiva, comprometida con el objetivo ODS 5,
garantizando la igualdad y la atención a la diversidad.
j) Coordinar el Aula de Sostenibilidad e impulsar sus actividades, fomentando el
desarrollo sostenible, la conservación de la biodiversidad y propiciando la utilización de
medios de transporte no contaminantes.
k) Apoyar las actuaciones estratégicas transversales que competen al resto de los
vicerrectorados de la Universidad.
l) Ejecutar todas aquellas funciones de asistencia, asesoramiento, informe o estudio
que le sean encomendadas por la Rectora en el ejercicio de su cargo.
2. Quedan adscritas a este Vicerrectorado las siguientes Direcciones:
a) La Dirección de Planificación Estratégica y Prospectiva.
b) La Dirección de Calidad.
c) La Dirección de Igualdad y Atención a la Diversidad.
d) La Dirección del Aula de la Sostenibilidad.
e) La Dirección de Salud.
3. Quedan adscritas a la competencia de este Vicerrectorado las siguientes Comisiones:
a) Comisión para la Calidad.
b) Comisión de Evaluación del Programa Docentia.
c) Comisión de Garantía del Programa Docentia.
d) Comité del Plan Estratégico.
e) Comisión para la Igualdad y Atención a la Diversidad.
f) Comisión ODS y Agenda 2030.
4. Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Coordinación y Agenda 2030
las siguientes competencias de la Rectora:
a) Firmar los diplomas y títulos correspondientes a las enseñanzas y títulos propios
que organice y gestione el Vicerrectorado.
b) Firmar las solicitudes de subvenciones correspondientes a las materias propias del
Vicerrectorado y aceptar su concesión, salvo que impliquen una aportación económica
de la Universidad de Huelva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Martes, 21 de septiembre de 2021
página 135
Artículo 3. Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.
1. Corresponde al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia:
a) Programar y fomentar la investigación y transferencia.
b) Elaborar la Memoria de Investigación.
c) Elaborar las políticas de financiación propia de la investigación y la transferencia.
d) Gestionar las ayudas a la investigación de los Programas Europeos, Nacionales,
Autonómicos y Propios, así como apoyar al profesorado en la elaboración y control
posterior de los mismos.
e) Gestionar la participación de la Universidad de Huelva en los Campus de Excelencia.
f) Promover las relaciones en materia de investigación de la Universidad de Huelva
con el sector empresarial y transferir los resultados de la investigación.
g) Crear, mantener y actualizar la base de datos del personal investigador y elaborar
la oferta tecnológica de los grupos de investigación.
h) Gestionar la adquisición y uso de infraestructura científica de uso común.
i) Promover la creación, desarrollo y actividad de Centros o Institutos de Investigación
de la Universidad.
j) Coordinar las Direcciones de Centros e Institutos de Investigación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198501
g) Impulsar la regulación de los sistemas de gestión de la calidad implantados en
la Universidad e impulsar el proceso de seguimiento y renovación de la acreditación de
planes de estudios de titulaciones oficiales.
h) Estimular una universidad saludable y comprometida con el objetivo ODS 3 de
salud y bienestar.
i) Consolidar una universidad inclusiva, comprometida con el objetivo ODS 5,
garantizando la igualdad y la atención a la diversidad.
j) Coordinar el Aula de Sostenibilidad e impulsar sus actividades, fomentando el
desarrollo sostenible, la conservación de la biodiversidad y propiciando la utilización de
medios de transporte no contaminantes.
k) Apoyar las actuaciones estratégicas transversales que competen al resto de los
vicerrectorados de la Universidad.
l) Ejecutar todas aquellas funciones de asistencia, asesoramiento, informe o estudio
que le sean encomendadas por la Rectora en el ejercicio de su cargo.
2. Quedan adscritas a este Vicerrectorado las siguientes Direcciones:
a) La Dirección de Planificación Estratégica y Prospectiva.
b) La Dirección de Calidad.
c) La Dirección de Igualdad y Atención a la Diversidad.
d) La Dirección del Aula de la Sostenibilidad.
e) La Dirección de Salud.
3. Quedan adscritas a la competencia de este Vicerrectorado las siguientes Comisiones:
a) Comisión para la Calidad.
b) Comisión de Evaluación del Programa Docentia.
c) Comisión de Garantía del Programa Docentia.
d) Comité del Plan Estratégico.
e) Comisión para la Igualdad y Atención a la Diversidad.
f) Comisión ODS y Agenda 2030.
4. Se delegan en la persona titular del Vicerrectorado de Coordinación y Agenda 2030
las siguientes competencias de la Rectora:
a) Firmar los diplomas y títulos correspondientes a las enseñanzas y títulos propios
que organice y gestione el Vicerrectorado.
b) Firmar las solicitudes de subvenciones correspondientes a las materias propias del
Vicerrectorado y aceptar su concesión, salvo que impliquen una aportación económica
de la Universidad de Huelva.