Disposiciones generales. . (2021/180-1)
Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Viernes, 17 de septiembre de 2021
página 23

con respecto a la población mayor de 16 años según el padrón municipal de habitantes a
1 de enero de dicho año. Este criterio tendrá una puntuación máxima de 15 puntos.
% PERSONAS DEMANDANTES DE EMPLEO NO OCUPADAS (DENOS)
Municipios cuyo porcentaje de DENOS sea superior o igual a 20%
Municipios cuyo porcentaje de DENOS sea superior o igual a 16% e inferior a 20%
Municipios cuyo porcentaje de DENOS sea superior o igual a 12% e inferior a 16%
Municipios cuyo porcentaje de DENOS sea superior o igual a 8% e inferior a 12%
Municipios cuyo porcentaje de DENOS sea inferior a 8%

PUNTOS
15
10
8
6
4

Estos porcentajes podrán ser actualizados en cada convocatoria. En caso de incluir
más de un municipio se realizará una media aritmética entre dichos municipios.
4.º Contar con un plan de igualdad en vigor por parte de la entidad solicitante. Este
criterio tendrá una puntuación de 5 puntos.
b) Se tendrán en cuenta, los criterios que valoren la calidad de los proyectos
presentados, conforme a los puntos 1.º y 2.º Este apartado tendrá una puntuación máxima
de 40 puntos.
1.º Calidad del plan formativo y la adecuación de las acciones formativas propuestas
con las necesidades del mercado de trabajo del territorio. Este criterio tendrá una
puntuación máxima de 25 puntos.
CALIDAD DEL PLAN FORMATIVO
Coherencia del proyecto: que el plan formativo incluya certificados de profesionalidad
completos de nivel 1 y 2 de la misma área profesional.
Carácter innovador del proyecto: si no existe oferta formativa del sistema educativo o
del sistema de formación profesional para el empleo en el certificado o certificados de
profesionalidad propuestos en el ámbito territorial de ejecución del proyecto a desarrollar.

PUNTOS
12,5
12,5

2.º Actividades de utilidad pública o de interés general y social preferentes. Este
criterio tendrá una puntuación máxima de 15 puntos. Solo será objeto de valoración una
única actuación. A tal fin se declaran como preferentes las siguientes actuaciones:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

PUNTOS

15

15

15

15
10
10

10

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00198383

ACTIVIDADES PREFERENTES DE UTILIDAD PÚBLICA O DE INTERÉS GENERAL Y
SOCIAL
Obras o servicios de utilidad pública que contribuyan a la implantación de nuevas
tecnologías con aplicación al territorio del proyecto, preferentemente para la mejora del
acceso a redes de telecomunicaciones e internet, en aquellos proyectos radicados en zonas
rurales según la Clasificación de Grado de Urbanización del territorio andaluz del Instituto
de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA).
Actuaciones relacionadas con el marco formativo y ocupacional de las nuevas tecnologías:
de desarrollo de internet de las cosas, gestión, protección y explotación de datos,
inteligencia artificial, nuevas tecnologías aplicadas a los procedimientos de producción,
mecanización del trabajo, relación con personas usuarias, protección y explotación de datos
e ingeniería artificial.
Obras o servicios de utilidad pública que contribuyan a lograr un consumo de energía
principalmente procedente de fuentes renovables, y/o su generación, distribución,
suministro, o almacenamiento, así como a la prestación de servicios de eficiencia
energética, de recarga para vehículos eléctricos o de otros servicios energéticos.
La adaptación o rehabilitación de infraestructuras públicas o entornos urbanos que
contribuyan al desarrollo de un turismo sostenible y accesible y/o a la puesta en valor o
promoción del patrimonio artístico, histórico o cultural.
Actuaciones encaminadas al cuidado y la sostenibilidad del medio ambiente, la economía
circular, la recuperación de los oficios artesanales.
Obras o servicios de utilidad pública que contribuyan a las mejoras de la producción en
explotaciones agrarias y ganaderas, incluyendo la implantación y consolidación de la
producción y distribución ecológica.
Servicios de apoyo que contribuyan a la mejora de la atención a la dependencia, y
actuaciones similares en empleos relacionados con dependencia de personas mayores y
personas vulnerables, en zonas rurales según la Clasificación del IECA antes citada.