3. Otras disposiciones. . (2021/177-14)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía. Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Martes, 14 de septiembre de 2021
página 115

4.24

Al margen de que existan sociedades que consolidan sus cuentas directamente con las de la entidad dominante de nivel superior, la Cuenta General de 2019 también debió incluir las CCAA
consolidadas de SOPREA con todas sus sociedades dependientes: Parque de Innovación Empresarial Sanlúcar la Mayor, S.A., Tecno Bahía, S.L. en liquidación, Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A., y Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L. (§ 22.15)

4.25

Varias entidades públicas empresariales incumplen el art. 58 bis del TRLGHP, pues al cierre del
ejercicio 2019 no han reintegrado remanentes de transferencias de financiación de explotación
de ejercicios anteriores, por importe de 3,71 MΦ, y remanentes por transferencias de financiación de capital por 0,74 MΦ, que debían a esa fecha haber sido devueltos a la TGJA.
Además, Red Logística de Andalucía, S.A., aunque no ha recibido en los últimos ejercicios transferencias de financiación, tiene un saldo de 93,90 mΦ pendiente de reintegrar a la TGJA con origen en una subvención de explotación percibida en 1997. (§ 22.26)
Apartahotel Trevenque, S.A. hace uso de la figura de las primas de asistencia a la junta general
para distribuir fondos propios a su entidad matriz, Promonevada, S.A., en liquidación, por importe de 1,6 MΦ. Además, Apartahotel Trevenque incumple los requisitos de aplicación del resultado establecidos en el art. 273 de la Ley de Sociedades de Capital, al ser su patrimonio neto
inferior a su capital social. (§ 22.47)

4.27

Siete entidades públicas empresariales incumplen el período medio de pago previsto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra
la morosidad en las operaciones comerciales, que, en caso de que no se hubiera fijado en el
contrato, es de treinta días naturales desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación
de los servicios. Además, cuatro de estas entidades incumplen también el artículo 262.1 de la Ley
de Sociedades de Capital, al no incluir en el informe de gestión la información requerida respecto
al PMP. (§ 22.57)

4.28

Se mantiene el incumplimiento del artículo 3.3 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de promoción de igualdad de género en Andalucía, al no guardar una representación equilibrada en la
presencia de mujeres y hombres de los órganos colegiados y órganos de dirección de forma que,
en el conjunto de personas a que se refiera, cada sexo ni supere el sesenta por ciento ni sea
menos del cuarenta por ciento. (§§ 22.70 y gráfico nº 22.3)

4.29

Los informes de auditoría de las fundaciones del sector público andaluz que según su normativa
específica están obligadas a auditarse, son firmados por empresas privadas de auditoría, siendo
por tanto estas empresas quienes asumen la opinión y la responsabilidad derivada de la misma.
De acuerdo con lo que establece el artículo 96.4 del TRLGHP, esta responsabilidad debe ser asumida por la IGJA a quién corresponde realizar anualmente la auditoría de estas entidades. (§
23.30)

4.30

Los estatutos de algunos de los consorcios en los que participa la JA no determinan la administración a la que se adscriben, incumpliéndose el artículo 120 de la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público. A 31 de diciembre de 2019, no se tiene constancia de la adaptación de
los estatutos de 16 de los 35 consorcios integrantes del Inventario de Entes de la CAA. (§ 24.5)
00198120

4.26

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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